GONZALEZ, HECTOR LUIS c/ CAJA DE RETIROS JUB. Y PENSIONES DE LA PFA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor promovió acción contra la Caja de Retiros por suplementos de Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia, impuso las costas a la demandada y, por mayoría, reguló honorarios a favor de la letrada de la actora en la cantidad de 1 UMA.
¿Quién es el actor?
GONZALEZ, HECTOR LUIS.
¿A quién se demanda?
CAJA DE RETIROS JUB. Y PENSIONES DE LA PFA.
- Objeto de la demanda: Reclamo vinculado a suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad y, en el incidente, regulación de honorarios y emolumentos de la letrada actuante.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la resolución del Juzgado Federal N.º 2 de Córdoba de fecha 17 de noviembre de 2025 en todo lo que decide y fue motivo de agravios; se impusieron las costas de la Alzada a la demandada perdidosa; por mayoría se reguló a favor de la asistencia letrada de la parte actora la suma de 1 UMA por las labores del presente incidente, y por unanimidad no se regularon honorarios al representante de la demandada por ser profesional a sueldo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En primer lugar, corresponde señalar que el Juez de grado, atendiendo a las etapas cumplidas en el presente juicio, aplicó correctamente la normativa arancelaria vigente al momento de realización de cada labor profesional. Así, reguló los honorarios conforme a la Ley 21.839 para la primera etapa del proceso y, para la segunda y la tercera etapa, aplicó la Ley 27.423, en concordancia con la doctrina sentada por el Alto Tribunal en la causa 'Establecimiento Las Marías'."
2) "Por lo hasta aquí apuntado, y realizados los cálculos pertinentes, no se advierte apartamiento de los parámetros legales aplicables. Considero al respecto que la retribución fijada resulta adecuada, razonable y proporcional a la labor desplegada por la representación letrada de la parte actora en las distintas etapas del proceso."
3) "En virtud de lo expuesto, corresponde desestimar el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmar la regulación de honorarios practicada en la instancia de grado."
- Disidencia relevante: El Dr. Abel G. Sánchez Torres (voto propio) coincidió en la confirmación y en la imposición de costas, pero disintió en la regulación de honorarios de la Alzada proponiendo que se regule la cantidad de 1 UMA por las labores del incidente; la mayoría quedó en ese sentido (III) respecto del monto por el incidente.
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