OSORIO ARANA, MARIA DE BELEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previsional contra ANSES por reajustes y ejecución de sentencia. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla pericial, ordenó la ejecución por $9.631.867,73 al 31/05/2025 y el reajuste del haber jubilatorio de la Sra. Osorio Arana, e impuso las costas de la Alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
OSORIO ARANA, MARIA DE BELEN (y demás acreedoras individualmente detalladas en la sentencia).
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios y ejecución de sentencia por haberes previsionales adeudados; liquidación y pago de sumas resultantes y reajuste del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Córdoba confirmó en todos sus términos la Sentencia de fecha 05/03/2026 dictada por el Juez Federal Subrogante N°1 de Córdoba; en consecuencia, se mantiene la aprobación de la planilla pericial, la procedencia de la ejecución por el monto de pesos nueve millones seiscientos treinta y un mil ochocientos sesenta y siete con 73/100 ($9.631.867,73) a 31/05/2025 (detalle de las sumas a cada acreedora según la sentencia de grado), la orden de pago sin retención de impuesto a las ganancias, el reajuste del haber jubilatorio de la Sra. Osorio Arana a $1.522.515,76 a mayo de 2025 y demás medidas contenidas en la sentencia de primera instancia; además, se impusieron las costas de la Alzada a la demandada y se reguló honorarios por la actuación en la instancia en el 35% de lo estimado por el sentenciante.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "De la lectura de la norma bajo análisis, se infiere claramente que la misma regula lo atinente al cumplimiento de la sentencia condenatoria en contra de la A.N.Se.S., situación que difiere de la acontecida en autos donde estamos ante una sentencia dictada en el proceso de ejecución."
2) "Asimismo, deben tenerse presente los lineamientos brindados en el fallo 'García, María Isabel' de fecha 29/03/19 de la C.S.J.N. en donde el Alto Tribunal analizó la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran personas mayores como la aquí actora, lo cual motiva a tomar medidas tendientes a garantizar el acceso a la justicia, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable."
3) "En virtud de lo expresado, corresponde rechazar los agravios esbozados en este punto."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la Parte Resolutiva finaliza por acuerdo de los jueces firmantes.
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