Logo

MEDINA VILLANUEVA, MARIA MAGDALENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes y cese de descuentos sobre su haber jubilatorio sujeto a régimen especial. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la instancia a la demandada.

Anses Reajustes previsionales Tope art. 9 inc. 2 ley 24.463 Regimen especial Suplemento docente Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Costas Ley 27.423 Cpccn Apelacion

Actor: MEDINA VILLANUEVA, María Magdalena. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto de la demanda: Reajustes varios y cese del descuento aplicable por el tope del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 sobre el haber jubilatorio, y cuestiones conexas de liquidación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia recurrida que hizo lugar a la demanda (con los alcances expuestos), declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN). Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "1ro.) La jueza de grado hizo lugar a la demanda, dispuso el cese del descuento del tope del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 que efectúa la demandada sobre el haber jubilatorio de la parte actora, atento que resulta inaplicable por encontrarse dicho beneficio dentro de un régimen especial, admitió la excepción de prescripción interpuesta por la demandada, impuso las costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios." "4to.) A fin de resolver el recurso interpuesto es dable señalar primeramente que en modo alguno puede sostenerse que un beneficiario que percibe el suplemento 'Docente' cobra un beneficio de ley común. Deviene incuestionable que la parte actora está cobrando un beneficio de ley especial aplicado conforme el decreto 137/05. Ahora bien, el inc. 2 del art. 9 de la ley 24.463 sujeta a la escala de deducciones a 'los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la ley 24.241 que no tuvieren otro haber máximo menor…'. El beneficio de autos se encuentra regulado por un régimen especial que no establece un haber máximo, por lo que el tope mencionado no resulta aplicable, debiendo en consecuencia rechazarse los agravios planteados." "6to.) Por último, con relación a las costas de la presente instancia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el artículo 36 de la ley 27.423 y artículo 68 del CPCCN, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada vencida, todo de acuerdo con el criterio y fundamentos establecidos por la CSJN in re 'Morales, Blanca Azucena c/ Anses s/ Impugnación de acto administrativo' del 22/6/2023, y lo sentenciado por este Tribunal en los autos FBB 5633/2021/CA1 'Lloret, Gabriel Juan c/ Anses, s/ Reajustes varios' a cuyo análisis y fundamentación corresponde remitir por cuestiones de brevedad y de economía procesal." Disidencia o voto singular relevante: La Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribió la resolución (consta "No suscribe la señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña"), sin que en el texto aporte un voto explicativo adjunto; la decisión es la de la mayoría que figura en la parte resolutiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar