Incidente Nº 2 - DENUNCIANTE: GONZALEZ, FEDERICO JUAN Y OTRO IMPUTADO: FLORES, MARCELA REGINA MABEL s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
La defensa de Marcela Regina Mabel Flores promovió casación contra la confirmación del rechazo de su pedido de excarcelación y morigeración de la detención. La Cámara Nacional de Casación rechazó el recurso por considerar adecuada y motivada la valoración del riesgo procesal y del endeble arraigo de la imputada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa de Marcela Regina Mabel Flores, en calidad de recurrente en casación.
Demandado: La resolución recurrida dictada por la Sala 4 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (que confirmó la decisión de primera instancia de rechazar la excarcelación).
Objeto: Se impugna la negativa de excarcelación y la morigeración de la detención de Flores, por arbitrariedad y errónea interpretación de las normas aplicables al instituto de la prisión preventiva/excarcelación.
Decisión: La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa; sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"En la resolución recurrida se ha llevado a cabo una valoración adecuada y conglobada de las circunstancias particulares del caso, y adoptado una resolución debidamente motivada... el recurrente no ha logrado rebatir los fundamentos brindados ni demostrado, en consecuencia, una errónea interpretación de las reglas que rigen el caso, ni un supuesto de arbitrariedad."
"los agravios desarrollados en la impugnación no alcanzan a refutar suficientemente la concurrencia de riesgos procesales que no resultan susceptibles de ser neutralizados, en las condiciones actuales, mediante medidas alternativas al encierro cautelar; y que los colegas derivaron razonablemente de las circunstancias del caso, especialmente aquellas vinculadas al arraigo de la imputada, por la ausencia de una residencia estable y permanente..."
Sobre la imputación y la pena en expectativa: el tribunal reproduce que Flores fue procesada "por los delitos de miembro de asociación ilícita y estafa, cometida en forma reiterada (diez oportunidades), en concurso real" y que los jueces de alzada consideraron que ello justifica ponderación negativa respecto del riesgo procesal, dada la "notable cantidad de sucesos investigados –que excederían los sesenta–".
Disidencia: "el juez Santiago Quian Zalavía, en su disidencia, consideró que existían otras alternativas menos lesivas... que el aporte de Flores a las defraudaciones no resultaría sustancial... y que no existían pautas que habiliten a suponer que una hipotética condena se alejaría del mínimo legal", posición que quedó en minoría frente al acuerdo que rechazó la casación.
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