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Legajo Nº 4 - IMPUTADO: GOMEZ ALLOZA, CLAUDIO DANIEL s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Claudio Daniel Gómez Alloza impugnó el rechazo de la libertad condicional. La Cámara Nacional de Casación rechazó el recurso de casación y mantuvo la decisión que denegó la libertad condicional por considerar prematuro el egreso pleno y fundar el apartamiento de la opinión penitenciaria en un análisis integral y prudente del tratamiento.

Libertad condicional Casacion Rechazo de recurso Tratamiento penitenciario Salidas transitorias Criterio tecnico del consejo correccional Arbitrariedad Cppn Evaluacion integral Reinsercion social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa de Claudio Daniel Gómez Alloza (recurrente en casación). Demandado: Resolución del Juzgado de Ejecución Penal N°5 que rechazó el pedido de libertad condicional; intervino el Ministerio Público Fiscal. Objeto: Recurso de casación contra la resolución que denegó la libertad condicional. Decisión: Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa; sin costas (arts. 470, 471, 530 y 531 del Código Procesal Penal). Ello deja subsistente la resolución de instancia que negó la libertad condicional y mantuvo la concesión previa de salidas transitorias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "IV. Consideramos que el recurso interpuesto debe ser rechazado en tanto el impugnante no ha acreditado el supuesto de errónea interpretación y aplicación al caso de las normas que rigen el instituto que invoca, ni un supuesto de arbitrariedad. En efecto, pese a contar el condenado con un informe favorable del Consejo Correccional, la jueza ha adoptado en el caso una decisión contraria a la pretensión, apartándose de aquel dictamen (que, es cierto, es de carácter técnico y central para la decisión) con argumentos razonables, que importan un análisis integral y prudente de la evolución del condenado en el régimen progresivo penitenciario, puesto que además los ha vinculado con las características de los sucesos por los que fue condenado. En esa dirección, entendió que su proceso de reinserción social aún no se encuentra consolidado, y estimó que "no resulta prudente ni adecuado habilitar en esta etapa un egreso pleno bajo el régimen de libertad condicional, en tanto el cuadro actual evidencia la necesidad de consolidar previamente herramientas de adaptación en un marco controlado. Por el contrario, se impone la continuidad de dispositivos intermedios que aseguren una transición ordenada y supervisada hacia el medio libre, como instancia previa indispensable para evaluar la efectiva evolución del condenado"."
- Votos y observaciones relevantes: La resolución fue adoptada por los votos de los magistrados Gustavo Bruzzone y Pablo Jantus; el juez Horacio Días no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, del CPPN (texto según ley 27.384). No existe disidencia que modifique la decisión de la mayoría.

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