CASTRO, JORGE ALFREDO c/ CAJA DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda para cobrar el capital asegurado por incapacidad total, permanente e irreversible derivada de la póliza colectiva. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial rechazó el recurso de Caja de Seguros S.A. y confirmó íntegramente la sentencia de grado que admitió parcialmente el reclamo y condenó a la aseguradora, fijando el monto reconocido y las costas a su cargo.
¿Quién es el actor?
Jorge Alfredo Castro.
¿A quién se demanda?
Caja de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro del capital asegurado por cobertura de incapacidad física total, permanente e irreversible en el marco de una póliza de seguro colectivo (póliza n.º 5330-1354513-01) y demanda de daño punitivo; se reclamó el pago de $6.900.000 en la demanda y la instancia de grado reconoció un “daño mayor” de $12.000.000.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por Caja de Seguros S.A., se confirmó íntegramente la sentencia apelada (fs. 381) y se impusieron las costas de ambas instancias a la aseguradora por haber resultado sustancialmente vencida (art. 68 CPCCN).
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "Por lo expuesto, el agravio mediante el cual la aseguradora pretende excluir la aplicación del régimen consumeril no puede prosperar, sin que ello importe —como sostiene la recurrente— el desconocimiento ni el desplazamiento de la ley especial de seguros, sino su necesaria integración con el microsistema protectorio de raigambre constitucional (art. 42, CN), bajo cuyo prisma habrá de examinarse la controversia."
- "Es decir, el experto designado de oficio en autos determinó un porcentaje de incapacidad que supera holgadamente el umbral del 66% exigido contractualmente para tener por configurada la incapacidad total, permanente e irreversible. Y ello sin perjuicio de recordar que esta Sala, en particular, y la jurisprudencia del fuero, en general, han admitido reclamos similares al de autos aun en supuestos en que los asegurados padecían porcentajes de incapacidad inferiores a aquel guarismo, cuando la dolencia les impedía continuar desarrollando su actividad habitual."
- "La demanda ha prosperado sustancialmente, por lo que no encuentro motivos para apartarme del principio objetivo de la derrota... En consecuencia, se imponen las costas de Alzada a Caja de Seguros S.A. en su carácter de sustancialmente vencida (art. 68, CPCCN)."
Disidencias: No hubo voto en disidencia; los tres magistrados adhirieron al acuerdo.
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