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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LOBO, LEONARDO RAMÓN s/ROBO DAMNIFICADO: ARAUJO, FERNANDO JOSE HUMBERTO

Imputado por intento de robo se sometió a juicio abreviado; la Cámara homologó el acuerdo y lo condenó a seis meses de prisión en suspenso. La Cámara condenó a Leonardo Ramón Lobo por robo en grado de tentativa, impuso reglas de conducta por dos años y ordenó su inmediata libertad, por haberse homologado el juicio abreviado solicitado por fiscalía e imputado.

Robo en grado de tentativa Juicio abreviado Condena Pena en suspenso Obligaciones de fijar residencia Direccion de control Libertad inmediata Costas procesales Tribunal oral en lo criminal y correccional n?22 Homologacion de acuerdo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal Marcelo Martínez Burgos) solicitó la pena en el acuerdo de juicio abreviado. Demandado: Leonardo Ramón Lobo (imputado). Objeto: Homologación de juicio abreviado y condena por el delito de robo, en grado de tentativa. Decisión: Se homologó el acuerdo y se condenó a Leonardo Ramón Lobo a la pena de seis meses de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso, con costas procesales; se le impusieron las obligaciones de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control por el plazo de dos años; y se dispuso su inmediata libertad desde la Alcaidía 1 ter, salvo orden restrictiva de otra autoridad. Asimismo cóbrese la notificación de la víctima conforme Ley 27.372 y mídase la publicación según Acordada 15/13.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): "Que por imperio de la Ley 24.825, el Tribunal no está facultado para imponer una pena superior o más grave que la solicitada por el Sr. Fiscal al momento de presentar el acuerdo firmado con el imputado y su Defensa." "De acuerdo con la petición formulada por el Sr. Fiscal y del conocimiento de visu que efectuara el Suscripto del imputado, conforme las pautas de mensuración prescriptas por los artículos 40 y 41 del C.P., no existen razones que justifiquen la aplicación de una sanción menor a la propuesta." "Es por ello, que entiendo razonable y ajustada a derecho, para el caso de Lobo, la aplicación de la pena de seis meses de prisión." "4.2.
- He de coincidir en la forma de cumplimiento de esta, bajo la modalidad de ejecución condicional, en atención a las condiciones personales del imputado, y la carencia de antecedentes condenatorios en su contra (artículo 26 de Código Penal)." "Por las consideraciones expuestas, y acorde a lo establecido por los arts. 398, 399; 403, 431 bis; 530 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: I. CONDENAR a LEONARDO RAMÓN LOBO... a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, cuyo cumplimiento se deja en suspenso... II. IMPONER ... que por el término de DOS AÑOS cumpla con las obligaciones de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control... III. DISPONER LA INMEDIATA LIBERTAD DE LEONARDO RAMÓN LOBO..." (No se registra voto en disidencia; la decisión es la contenida en la parte resolutiva final).

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