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JUAREZ, MONICA BEATRIZ c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La actora apeló la negativa de la Comisión Médica Central a reconocer el requisito de invalidez para el retiro definitivo por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisible el recurso y confirmó la decisión de la Comisión Médica Central, por considerar válido y determinante el informe del Cuerpo Médico Forense que reconoció incapacidad del 35,25%.

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¿Quién es el actor?

JUAREZ, MONICA BEATRIZ.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo contra el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez exigido por la normativa para acceder al beneficio de retiro definitivo por invalidez (art. 50 Ley 24.241), y apelación de la actora contra dicha decisión.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso de apelación y se confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central. Costas por su orden (art. 68, segundo párrafo del CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo el informe de fecha 7.4.26 (posteriormente ratificado el 17.6.26), que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 35,25%." "Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la parte actora en oportunidad de contestar el traslado que del último se le corriera a las partes." "La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)'."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva.

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