PUIG MANUEL IGNACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios del haber jubilatorio y determinación de la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a los recursos de ambas partes: difirió la revisión de la PBU para la ejecución, revocó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado e impuso las costas al vencido conforme art. 68 CPCCN, y confirmó la sentencia en lo demás.
¿Quién es el actor?
PUIG MANUEL IGNACIO.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber jubilatorio, inclusión y cálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), actualización de remuneraciones históricas, aplicación de tasas, prescripción y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a los recursos deducidos por ambas partes; diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; revocar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado e imponer las costas al vencido (art. 68 CPCCN) en caso de surgir sumas a favor del actor, debiendo integrarse en el orden causado si no surgieran; confirmar la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; costas por su orden en la Alzada; y fijar honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"IV. Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022."
"VII. Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423.... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"Que por mayoría el Tribunal RESUELVE: 1) Hacer lugar parcialmente a los recursos deducidos por ambas partes y, por ello, a) Diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme 'Quiroga'; b) Revocar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado de conformidad a lo indicado en los considerandos precedentes; ... 2) Confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios..."
- Votos en disidencia/relevantes: La Dra. Nora C. Dorado deja expresamente a salvo su opinión en diversos puntos (actualización de remuneraciones por trabajo en relación de dependencia, servicios autónomos, y PBU), remitiéndose a sus pronunciamientos anteriores; esas consideraciones son su opinión particular y no integran la decisión mayoritaria.
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