ZAIN MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional y la inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241 y 24.463. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda (acogió la excepción de prescripción y ordenó recalcular y pagar el haber con retroactivos según las pautas fijadas) y declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Zain María Cristina.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste de haberes previsionales (PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia) y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (arts. de las leyes 24.241, 24.463 y de la Resolución SSS 6/09; cuestionamientos a la ley 27.426 en parte). Reserva de caso federal.
Decisión: Se hizo lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y, en forma parcial, a la demanda; se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar los retroactivos con las pautas fijadas en el decisorio dentro de 120 días; se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 y la aplicación del fallo “Lohle” para la ejecución; se declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09; se impusieron las costas a la demandada; se difirió regulación de honorarios para la ejecución. Las sumas a favor de la actora deberán abonarse íntegramente, sin quita.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Por ello, se ordene la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: “Badaro Adolfo Valentín” del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
"A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.SJ.N. en el citado precedente, con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial respecto del haber integral reajustado, y en consecuencia con el criterio unánime de las 3 Salas ... ordénese la actualización..."
"Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
"Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463) ..."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia en el dispositivo final.
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