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GOMEZ NELIDA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su pensión por retiro por invalidez contra ANSeS y solicitó la declaración de inconstitucionalidad de normas. El Juzgado hizo lugar a la defensa por prescripción y parcialmente a la demanda, ordenando recalcular el haber, pagar el retroactivo en 120 días y abonar las diferencias íntegramente sin quita, difiriendo cuestiones del art. 9 de la ley 24.463 para ejecución.

Gomez nelida alicia Anses Pension por retiro por invalidez Reajuste Retroactivo Prescripcion Inconstitucionalidad Ley 24.241 Ley 24.463 Pago integro sin quita


¿Quién es el actor?

GÓMEZ NÉLIDA ALICIA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber de pensión derivada de retiro por invalidez (recalculo del ingreso base y actualización de remuneraciones/rentas; declaración de inconstitucionalidad de diversas normas). Fecha de adquisición del derecho: 28/08/2015.

¿Qué se resolvió?

El Juzgado hizo lugar a la defensa de prescripción invocada y parcialmente a la demanda. Ordenó a ANSeS que conforme el art. 22 de la ley 24.463 abone a la actora el haber recalculado y el retroactivo adeudado según las pautas de la sentencia dentro del plazo de 120 días; diferir el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución; disponer que las sumas a favor de la actora se abonen íntegramente, sin quita alguna, conforme a criterios de la Corte Suprema; imponer costas a la demandada; y diferir la regulación de honorarios para la etapa de ejecución. Fecha de firma: 20/08/2026.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): 1) "La determinación del haber de pensión derivada de retiro por invalidez se realiza conforme las previsiones del art. 97 de la ley 24.241 y su reglamentación, a saber decreto 526/95." 2) "Ello así, la actora ha solicitado en autos la actualización de las remuneraciones y/o rentas tomadas para el ingreso base, teniendo en cuenta las pautas fijadas, oportunamente, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo 'Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes varios', del 11/8/2009, por lo que he de estar a los términos establecidos en el citado precedente, conforme lo dispone el Alto Tribunal en el considerando 22) del fallo 'Blanco'." 3) Sobre la inconstitucionalidad de la Resolución S.S.S. 06/09: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." 4) Respecto de la forma de pago: "Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.06 ... autorizar una quita en la movilidad que se reconoce resultaría contradictoria, admitiendo un reajuste por un lado y deduciendo sumas por el otro reduciendo indebidamente su prestación." 5) Sobre costas e intereses: "corresponde imponer las mismas a la parte demandada" (costas, en virtud del art. 36 ley 27.423) y "se liquidarán [los intereses] desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN ... 'Spitale')."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte transcripta; la resolución final es la expresada en la parte resolutiva.

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