PATT ROSA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo contra ANSES por ajustes de la Prestación Básica Universal y aplicación de topes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia en lo sustancial, difiriendo la redeterminación de la PBU y la discusión sobre topes para la etapa de ejecución y ratificando la imposición de costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.
¿Quién es el actor?
PATT ROSA GRACIELA.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios vinculados a la Prestación Básica Universal (PBU), en particular la actualización de la PBU como componente del haber inicial, la aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241 y art. 9 ley 24.463), y cuestiones tributarias y de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia apelada en lo demás que fue materia de agravios; diferió el tratamiento de la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; diferió igualmente el cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes para la etapa de ejecución; y confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado conforme a lo indicado en los considerandos, impidiendo que se modifique lo resuelto en ese punto salvo lo que surja de la liquidación correspondiente. Costas por su orden en la alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
1) "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
2) "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
3) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634) ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
4) Frase jurisprudencial citada por el Tribunal: "…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada..." (cita a in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS ...”).
- Disidencias: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" en torno a ciertas cuestiones (señalado en el texto), pero la decisión mayoritaria es la transcripta y publicada en la parte resolutiva.
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