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OLIVARES FRANCISCO JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción contra ANSeS por reajustes varios y cuestionamiento de módulos de cálculo de haberes (PBU, topes y actualización de remuneraciones). La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo principal, difirió para ejecución el tratamiento de la PBU y de los topes, dejó sin efecto lo decidido respecto de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 y reguló costas y honorarios conforme a la ley 27.423.

Anses Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones Topes de haberes Ley 24.241 Ley 27.609 Costas Honorarios Ejecucion Seguridad social.


¿Quién es el actor?

OLIVARES FRANCISCO JESUS.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: impugnación de actos administrativos y reclamos de reajustes varios respecto del cálculo del haber inicial (actualización de remuneraciones, Prestación Básica Universal —PBU— como componente del haber inicial, aplicación de topes de haberes, y demás rubros conexos), más impugnaciones sobre tasa de interés, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se resolvió por mayoría: 1) diferir el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; 2) diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes; 3) dejar sin efecto lo decidido respecto de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241; 4) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado (impuestas al vencido conforme art. 68 CPCCN) en tanto surjan sumas a favor del actor de la liquidación; 5) confirmar la sentencia recurrida en lo demás; 6) costas por su orden en la Alzada; 7) determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes." "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios'..., donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, art. 79 de la ley 18.037) –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'– que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que no ha de prosperar la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 que remite a su art. 9, si, como acontece en el sub examine, las remuneraciones cotizadas después del mes de julio de 1994... fueron inferiores a dicho tope, lo que torna inaplicable las mentadas disposiciones." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." Citas jurisprudenciales relevantes incluidas en la decisión: referencias a Fallos "Elliff", "Blanco", "Actis Caporale", "Spitale" y la CSJN en in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (22.06.2023).
- Voto en disidencia o salvado: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión. En su análisis expresó que, respecto de la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial (todas posteriores a marzo de 2009), correspondería rechazar los agravios por falta de demostración de perjuicio concreto; y propuso imponer las costas de ambas instancias a la demandada vencida (con base en art. 68 CPCCN y jurisprudencia citada). Esa opinión quedó como postura individual (salvadas las demás resoluciones de la mayoría).

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