RUGO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió acción por reajustes varios contra ANSeS reclamando la actualización de haberes previsionales y diferencias por topes y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la aplicación de diferencias sobre los haberes de enero-febrero de 2021, difirió para ejecución el cuestionamiento por topes (art. 9 ley 24.463), confirmó la sentencia en lo demás, y fijó costas por su orden y honorarios del 30% para la alzada.
¿Quién es el actor?
RUGO ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; impugnación de aplicación de topes (art. 9 ley 24.463), discusión sobre la ley 27.609 (movilidad), retención de impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la parte de la sentencia de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados durante 2020; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento relativo al art. 9 de la ley 24.463; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado en los términos indicados; confirmó la sentencia recurrida en lo demás; impuso costas por su orden en la alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos literales relevantes de la sentencia):
Sobre la imposibilidad de declarar la inconstitucionalidad de la emergencia y los decretos: "consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
Sobre la revocación respecto de los haberes enero-febrero 2021: "deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada."
Sobre el diferimiento del tratamiento de topes: "ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
Sobre ganancias: "corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
Sobre costas y honorarios: "en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423). ... Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Voto en disidencia/salvo (relevante): el Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463, señalando que "… resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes ... en medida tal que la merma del haber resulte confiscatoria ..." y propuso declarar la inconstitucionalidad del inciso 3) del art. 9 cuando en la liquidación se acredite quita superior al 15%; dicha postura fue dejada a salvo por el magistrado pero el acuerdo final resolvió diferir el tratamiento para ejecución.
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