Logo

FONTANARI, LAURA BEATRIZ c/ EN-DNM s/EMPLEO PUBLICO

Demandantes (personal de la DNM) reclamaron el carácter remunerativo y la incidencia del Servicio de Inspección Migratoria (SIM) en remuneraciones y rubros conexos. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, sosteniendo que la disposición DI-2019-5267-APN-DNM-MI declaró el carácter remunerativo del SIM desde el 01.11.2019 y que las críticas de la actora respecto de su implementación son extemporáneas.

Dnm Servicio de inspeccion migratoria (sim) Remunerativo Retroactivos Prescripcion bienal Costas por su orden Prueba informativa Apelacion desestimada Cpccn art. 68 Di-2019-5267-apn-dnm-mi

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Laura Beatriz Fontanari y otros (lista de actores: María Julieta Sena, Juan Enrique Limito, María Soledad Solla, Rocío Antonella Marcel, Ivana Gisela Noto, Berta María Pinget, Matías Emiliano Crisel Mouesca, Adrián Guillermo Gaetano, Carla Miriam Rita Sánchez, Gastón Arigos, Alicia Lorena Galarza, Julieta Sara Paola Cettour, Jorge Eduardo Faust, Natalia Virginia Rastelli, María Magdalena Gonzalez, María Florencia Penco, Gino Carmelo Gallo, Alicia Ramona Figueredo). Demandado: Estado Nacional
- Dirección Nacional de Migraciones (DNM). Objeto: Pago de retroactivos y reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable del Servicio de Inspección Migratoria (SIM) y guardias permanentes de apoyo, con incidencia en cargas sociales, vacaciones, sueldo anual complementario y otras remuneraciones, por diferencias devengadas desde el 03/06/2017 hasta el 31/10/2019. Decisión: Se rechazó el recurso de la demandada contra la resolución del 13.03.2024; se desestimó el recurso de apelación de la actora y, en consecuencia, se confirmó la sentencia apelada; y se impusieron las costas de la alzada por su orden. (La Cámara confirmó la condena de la DNM a abonar retroactivos por lo percibido en menos mensualmente desde el 03/06/2017 hasta el 31/10/2019, limitado por la vigencia de la disposición DI-2019-5267-APN-DNM-MI y por la prescripción bienal aplicable.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "Que la señora jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda entablada por Laura Beatriz FONTANARI ... contra la Dirección General de Migraciones (en adelante, la 'DNM') y, en consecuencia, condenó a la demandada a abonar el retroactivo devengado por lo percibido en menos mensualmente a partir del 3 de junio de 2017 hasta el 31/10/19 (conforme los términos de la DI-2019-5267-APN-DNM -MI en cuanto dispuso el carácter remunerativo y bonificable de las sumas liquidadas en concepto de SERVICIO DE INSPECCION MIGRATORIA y sus GUARDIAS PERMANENTES DE APOYO, ordenando el pago de las sumas que resulten de la liquidación que deberá efectuar la demandada (sentencia del 24.10.2024 y aclaratoria del 19.11.2024)." 2) "Por resolución del 13.03.2024, la jueza de grado rechazó la oposición formulada por la demandada a la prueba informativa e instrumental en su poder, ofrecida por la actora. Impuso las costas a la demandada... Sentado ello, debe precisarse que la decisión cuestionada resulta inapelable, toda vez que se encuentra vinculada al pronunciamiento que desestimó la oposición a parte de la prueba, razón por la que se ve alcanzada por la irrecurribilidad establecida -con carácter general
- en el art. 379 del código procesal." 3) "En efecto, de la lectura de la demanda incorporada el 18.12.2020 no se observa que la parte actora haya hecho mención ni cuestionado la disposición DNM I-2019-5267-APN-DNM MI ni su supuesta falta de implementación respecto de las licencias por enfermedad... Cabe concluir que las críticas formuladas por la parte actora en su memorial de agravios son fruto de una reflexión tardía, que no corresponden ser evaluadas por esta Alzada por imperativo legal. Desde esta perspectiva, se deben desestimar." 4) "Por tales consideraciones, voto por: 1º) rechazar el recurso de la demandada contra la resolución del 13.03.2024, concedido con efecto diferido el 8.04.2024, con costas por su orden (art. 68, segundo párrafo, CPCCN); 2°) desestimar el recurso de apelación de la actora y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada; y 3º) imponer las costas de esta alzada por su orden (cfr. art. 68, segundo párrafo, del CPCCN)."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia relevante; los Dres. Morán y Duffy adhieren al voto del Dr. Vincenti.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar