RICOTTA, CARLOS DANIEL c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor solicitó la reducción de los honorarios regulados a favor de los letrados del GCBA en el marco de la demanda por daños y perjuicios. La Cámara confirmó la regulación de honorarios a favor de los doctores indicados y desestimó el recurso de la letrada apoderada del grupo Callejeros por carecer de legitimación para pedir la reducción.
Actor: Doctora María Florencia Alonso (letrada apoderada de los integrantes del grupo “Callejeros”). Demandado: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) y otros. Objeto de la demanda/recurso: Impugnación/solicitud de reducción de los honorarios regulados a favor de los letrados que representaron al GCBA en la causa por daños y perjuicios (exp. 14870/2015 “Ricotta, Carlos Daniel c/ GCBA y otros s/ Daños y Perjuicios”).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, confirmó la regulación de honorarios realizada en primera instancia a favor de los doctores Viviana Graciela Herrera, Mario Norberto Trincheri, Francisco Eugenio Chirichella, María Rosa Álvarez Vivoda, Agustín Boada Aguirre y Daniel Mauricio Leffler, y desestimó el recurso interpuesto por la doctora María Florencia Alonso por carecer de legitimación para solicitar la reducción dado que las costas están a cargo de la parte actora. Regístrese y devuélvanse los autos a la instancia de origen para su notificación.
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"1º) Que, ponderando lo establecido en los artículos 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38 y concordantes de la ley 21.839, habida cuenta de la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica de la cuestión en debate —fondo y caducidad de instancia— y la calidad jurídica de la labor desarrollada durante el trámite ante la primera instancia, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados a favor de los doctores Viviana Graciela Herrera, Mario Norberto Trincheri, Francisco Eugenio Chirichella, María Rosa Álvarez Vivoda, Agustín Boada Aguirre y Daniel Mauricio Leffler, quienes ejercieron la representación legal y dirección letrada de la parte demandada —GCBA—."
"2°) Que, toda vez que la recurrente, doctora María Florencia Alonso —letrada apoderada de los integrantes del grupo “Callejeros”—, no posee legitimación para solicitar la reducción de los honorarios cuya regulación apela —en tanto las costas del proceso se encuentran a cargo de la parte actora—, corresponde desestimar, sin más, su recurso."
"Se deja constancia que las retribuciones que anteceden no incluyen el Impuesto al Valor Agregado monto que -en su caso
- deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales frente al citado tributo. ASI SE RESUELVE."
Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el bloque dispositivo final; la decisión se expresa por unanimidad en el texto resolutorio.
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