GALLARDO, CLAUDIA MERCEDES c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
La actora promovió acción contra ANSES para obtener la Pensión por fallecimiento del Sr. Alfredo Ernesto Chilio. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó el otorgamiento del beneficio y el pago retroactivo, y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Claudia Mercedes Gallardo.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reconocimiento de Pensión por fallecimiento del Sr. Alfredo Ernesto Chilio (fallecido el 06/07/2022) y pago retroactivo de los créditos devengados desde esa fecha.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y se confirmó la sentencia de fecha 02/03/2026 que hizo lugar a la demanda, dejó sin efecto la Resolución N° RCE-Q 02057/23 de fecha 15/09/2023, ordenó al organismo otorgar la pensión a favor de la cónyuge supérstite y disponer el pago retroactivo correspondiente; además se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El artículo 53 de la Ley N° 24.241 establece quienes son las personas habilitadas a solicitar el beneficio de pensión: 'En caso de muerte del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad, gozarán de pensión los siguientes parientes del causante: a) La viuda. b) El viudo… …Se entiende que el derechohabiente estuvo a cargo del causante cuando concurre en aquél un estado de necesidad revelado por la escasez o carencia de recursos personales, y la falta de contribución importa un desequilibrio esencial en su economía particular. La autoridad de aplicación podrá establecer pautas objetivas para determinar si el derechohabiente estuvo a cargo del causante...'."
"Por otro lado el artículo 1 de la Ley N° 17.562 dispone que: 'No tendrán derecho a pensión: a) El cónyuge que, por su culpa o por culpa de ambos, estuviera divorciado o separado de hecho al momento de la muerte del causante…'."
"De la prueba de autos surge dicha dependencia, tal como lo demuestra el recibo de haberes del causante, donde consta que cobra asignación por cónyuge, y que tiene familiar a cargo en la obra social, los testigos que brindaron sus testimonios de la causa, además del acuerdo de alimentos homologado judicialmente, lo que acredita fehacientemente tal situación."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión que se informa corresponde al acuerdo mayoritario que confirma la sentencia de primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: