Incidente Nº 1 - ACTOR: BARZAGHI, DANTE ADELMIRO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Incidente de ejecución promovido por Barzaghi por incumplimiento de sentencia contra ANSES para cobrar devolución de aportes voluntarios; el Juzgado federal rechazó la excepción de espera, ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago del capital más intereses y aprobó la planilla practicada por la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Barzaghi, Dante Adelmiro (por apoderada).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: ejecución de sentencia firme de fecha 06/03/2026 que ordenó la devolución de aportes voluntarios (capital y devengos por intereses); la actora practicó planilla por $607.559,33.
Decisión: se rechazó la excepción de espera opuesta por ANSES y se mandó a llevar adelante la ejecución hasta que la ejecutante cobre íntegramente el capital más intereses, debiendo practicarse nueva planilla conforme a lo resuelto; se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Cabe aclarar que dicha defensa exige que se acompañe el documento del que ella emana (CNCiv. E, 09/05/80, ED. 88-722) y tal requisito de admisibilidad indica que el plazo mismo de la espera debe resultar también del instrumento que se acompaña (CNCCEsp, 4ª, 11.08.80, BCNECyC, 1981 -700), circunstancias que no lucen acreditadas en autos, debiendo rechazarse la defensa articulada."
2) "Por lo tanto, no habiendo la ejecutada acreditado en autos la ausencia de alguno de los requisitos básicos para el progreso de la acción ejecutiva, se impone rechazar las excepciones opuestas."
3) "Así, en fecha 16/06/2026, la parte actora practicó planilla por un total de $607.559,33." y "Cabe señalar, que dicho monto resulta de la suma del capital inicial ($10.392,78.-) más los intereses calculados desde el 01/12/2008 [...] hasta el momento de la interposición de la demanda."
4) "corresponde aprobar en cuanto por derecho hubiere lugar la planilla practicada por la actora en fecha 16/06/2026."
- Disidencias relevantes: No se registra voto en disidencia; la decisión individual contenida en la Parte Resolutiva final es la que prevalece.
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