Incidente Nº 7 - IMPUTADO: CRISTIAN EMANUEL, FRIAS s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
El Ministerio Público Fiscal acusó a Cristian Emanuel Frías por transporte de estupefaciente agravado por la intervención de tres o más personas. El Juzgado formuló la acusación, condenó al imputado a tres años de prisión en suspenso, ordenó el decomiso del celular secuestrado y dispuso el cómputo de la detención desde el 21/11/2025.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representado por la Dra. Valentina Casali, Auxiliar Fiscal).
Demandado: Cristian Emanuel Frías, DNI 44.912.416.
Objeto: Se le imputa como partícipe secundario del delito de “transporte de estupefaciente agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo”, previsto en los arts. 5 inc. “c” y 11 inc. “c” de la ley 23.737.
Decisión: Se tuvo por formulada la acusación; se condenó a Cristian Emanuel Frías a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución en suspenso (arts. 26 y 46 CP); se dispuso el decomiso del teléfono celular TCL modelo 6165 IMEI 3584533411438793; se ordenó informar al Juzgado de Ejecución para el cómputo de pena, consignando que el condenado estuvo detenido ininterrumpidamente desde el 21/11/2025; se dejó constancia de la renuncia a plazos recursivos y se dispuso la libertad del causante; se registró, comunicó y ofició, quedando las partes notificadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"Conforme lo expuesto, solicita se condene a Cristian Emanuel Frías a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución en suspenso, de conformidad con lo previsto por el art. 26 y 46 del CP, para lo cual se ha tenido en cuenta los parámetros mensurativos de los 40 y 41 del C.P., considerando como agravantes la naturaleza del hecho descrito en la acusación, la modalidad de comisión del ilícito investigado al ser concertado por tres personas, la forma de acondicionamiento del tóxico, la cantidad y calidad de estupefaciente. Por otra parte, y como atenuantes refiere haber tenido en cuenta las condiciones socio ambientales y económicas del involucrado, específicamente su situación de vulnerabilidad económica actual, su carácter primario por cuanto no registra antecedentes penales computables, y su edad."
"Ahora bien, teniendo en cuenta que no se plantearon nulidades ni quedan cuestiones pendientes de resolver, que la solicitud de juicio abreviado se encuentra acompañada de la conformidad del imputado y su defensa, sumado a que ha reconocido la existencia del hecho, su participación, y considerando la valoración que se hace de la totalidad de las constancias probatorias que surgen de la investigación llevada adelante por la fiscalía, es que corresponde proceder en consecuencia."
"Que, por último, se deja constancia que los fundamentos del fallo de la presente audiencia obra en registro de video que se encuentra agregado a la carpeta judicial de referencia por la Oficina Judicial y que integra el presente resolutorio."
- Votos en disidencia: No constan disidencias; la resolución es unipersonal dictada por el Juez Subrogante.
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