LATORRE, HECTOR OSCAR c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTE DE HABERES
Reclamó un jubilado el reajuste y movilidad del haber previsional conforme la ley 24.241. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación, confirmó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la ANSES, sin regular honorarios por aplicación de la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
Héctor Óscar Latorre (titular de un beneficio previsional otorgado por la ley 24.241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad del haber jubilatorio, con recálculo del haber inicial incluyendo aportes como autónomo y en relación de dependencia; eventual reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en aplicación del art. 36 de la ley 27.423 y del art. 68 (primer párrafo) del CPCCN, se impusieron las costas de la presente instancia a la ANSES; no se regularon honorarios a los apoderados de la parte demandada conforme al art. 2 de la ley 27.423; se dejó constancia de la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
1) "Se concluye, entonces, que toda norma dictada por la ANSES o por resolución ministerial que se oponga a la utilización del índice ISBIC para actualizar los aportes efectuados en relación de dependencia hasta el mes de febrero 2009 resulta inválida y así debe resolverse. Por ello, se confirma la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 (confr. 'Rodríguez Pereyra', Fallos 335:2333) y se confirma la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 para el reajuste del haber inicial del actor."
2) "Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES vencida (art. 68, primer párrafo del CPCCN)."
3) "No se regulan honorarios a los apoderados de la parte demandada de conformidad con lo previsto en el art. 2 de la ley 27.423."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los tres jueces (Busaniche, Aranguren y Gomez) adhieren al resultado.
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