BECKER, NOEMI YOLANDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajuste y movilidad de haberes previsionales. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación de la actora, hizo lugar parcialmente a la apelación de la ANSES dejando sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, confirmó el resto de la sentencia y declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018.
¿Quién es el actor?
Noemí Yolanda Becker (actora, beneficiaria previsional).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste y movilidad de haberes previsionales (reajustes varios; aplicación de precedentes "Makler", "Coto", y eventual ajuste de la Prestación Básica Universal).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la apelación de la actora; se hizo lugar parcialmente a la apelación de la demandada revocando la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020; se revocó la imposición de costas de primera instancia y se distribuyeron conforme art. 36 ley 27.423; se confirmó la sentencia en lo demás; se declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impusieron las costas de esta instancia en el orden causado; se regularon honorarios del letrado de la actora en 30% de lo que oportunamente se determine en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Conforme lo expresado, se rechaza el recurso de la actora."
"c) Que, debe admitirse el planteo de la ANSES por el cual sostiene que debe revocarse la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163, 495, 692 y 899 del 2020. Ello en virtud de que las disposiciones contenidas en las normas antes mencionadas fijan pautas de movilidad para el período febrero/noviembre del 2020. De esta manera, no resultan aplicables a quienes adquieran su beneficio previsional de manera posterior a la vigencia de la ley 27.609 -que establece nuevos parámetros de movilidad-, como lo es el caso de la actora que lo obtuvo el 1/4/2022."
"Dicho ello, cabe recordar que el Máximo Tribunal dictó sentencia ... en el que declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la ley 20.628 y confirmó la sentencia que ordenó la devolución de los montos retenidos en concepto de impuesto a las ganancias. Por lo expuesto, se desestima el agravio y se confirma la sentencia apelada para el caso de que, al practicarse la planilla de liquidación, se determine que la actora será sujeto pasible de retención del impuesto a las ganancias."
"VII
- Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado, atento el modo en que se resuelve y lo previsto en la última parte de la norma citada."
- Disidencias: No hubo acuerdo final en disidencia relevante; el bloque dispositivo final refleja la decisión mayoritaria.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: