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DE PAOLI, CARLOS HECTOR c/ ARCA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra ARCA por la retención de impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. El Juzgado Federal de Paraná hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen que grava jubilaciones y ordenó la restitución de las retenciones no prescriptas y la suspensión de futuras retenciones.

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¿Quién es el actor?

CARLOS HECTOR DE PAOLI (jubilado).

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero – Dirección General Impositiva (ARCA) (ex AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias (arts. 1º, 2, 82 inc. c y cctes. de la Ley 20.628 y sus modificaciones por leyes 27.346, 27.430, 27.725 y 27.743), con petición de cese de retenciones sobre haberes previsionales, devolución de importes retenidos por períodos no prescriptos, más intereses y costas.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad, para el caso concreto, del régimen del impuesto a las ganancias referido; se ordenó que la demandada reintegre al actor, en 10 días de notificada, las retenciones practicadas desde que accedió al beneficio previsional por los períodos no prescriptos más tasa pasiva promedio del BCRA; se notificó al organismo pagador para que se abstenga de efectuar futuras retenciones; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios por $2.245.672 en conjunto.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): “La mengua del haber previsional mediante la retención de un porcentaje de aquel, en concepto de impuesto a las ganancias, afecta notablemente su esencia, y por lo tanto le impide cumplir con su finalidad.” “Sumado a ello, no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características, por el contrario, ... su finalidad es paliar la contingencia vejez, y está financiado por los aportes efectuados durante la vida laboral.” “Por todo ello, la presente demanda debe ser admitida en todas sus partes, declarándose la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias contemplado en los arts. 1º, 2,82 inc. ‘c’ y cctes de la ley 20.628 y su modificación dispuesta por leyes 27.346, 27430, 27725 y 27743 ... haciéndole saber al organismo liquidador de los haberes previsionales que deberá abstenerse de realizar la retención en concepto de impuesto a las ganancias en relación al actor CARLOS HECTOR DE PAOLI.” Además, el tribunal cita y se remite a la jurisprudencia de la CSJN, por ejemplo: “cuando en uno u otro caso excede de aquella, el patrimonio del contribuyente puede verse ilegítimamente disminuido...” (Fallos:297:500) y a la sentencia “García María Isabel c/ AFIP s/Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad”, sentencia del 26-03-2019, como sustento de la declaración de inconstitucionalidad.
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte dispositiva.

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