Logo

MEYER ERNESTO MARIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia en lo esencial, declaró desierto el agravio sobre la aplicación del precedente Elliff y modificó la sentencia para dejar sin efecto la adición del 2% mensual a la tasa pasiva del BCRA.

Reajuste de haberes Anses Elliff Makler Tasa pasiva bcra Intereses Renta autonoma Costas de la alzada Seguridad social I.s.b.i.c.


¿Quién es el actor?

Meyer Ernesto Mariano.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios del haber previsional (recalculo y reajuste del haber conforme pautas indicadas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación de la demandada respecto de la queja sobre la aplicación del precedente "Elliff"; modificó la sentencia de primera instancia dejando sin efecto la adición del 2% mensual a la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A.; y confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravio. Impuso las costas de la Alzada por su orden y reguló los honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 35% de lo que oportunamente se estime en la instancia de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "III.
- Ingresando a la queja de la demandada relacionada con la aplicación del índice I.S.B.I.C. indicado por la Corte Suprema de Justicia en la causa “Elliff” para actualizar las remuneraciones en relación de dependencia, se advierte que el mismo no integra el pronunciamiento recurrido toda vez que la doctrina cuestionada no resulta aplicable al caso de autos en donde la accionante prestó servicios autónomos (en igual sentido C.F.S.S., Sala III, en sentencia de fecha 28/10/2013 dictada en autos: “Tursi, Francisco c/ A.N.Se.S. s/ Reajustes Varios”). En función de lo expuesto, resulta inconducente tratar las argumentaciones brindadas por la quejosa quien pretende la aplicación del índice combinado dispuesto en la Ley 27.260, Decreto 807/2016 y Resolución S.S.S. Nº 6/2016 ... En definitiva, a mérito de los argumentos expuestos corresponde declarar desierto el agravio deducido por la accionada en este punto sin más consideraciones (conf. arts. 265 y 266 del CPCCN)." "IV.
- Acerca del agravio referido a la actualización de las rentas autónomas, este Tribunal entiende tal como lo entendió el Sentenciante, que corresponde seguir los lineamientos del Alto Tribunal en los autos: “Makler, Simón c/ A.N.Se.S. s/ Inconstitucionalidad Ley 24.463” (sentencia del 20/5/2003), por lo que deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas, en cada momento histórico. ... En función de ello, corresponde confirmar la sentencia apelada en este punto, teniendo en cuenta lo aquí expuesto." "V.
- En lo que respecta al agravio referido a los intereses mandados a pagar más el 2% mensual adicional a la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A. dispuesto por el Juez de grado, y a fin de dar respuesta al mismo se remite a los argumentos brindados por este Tribunal en los autos: “DUS, MARIA LUISA C ANSES – REAJUSTE DE HABERES ...” ... En función de ello, corresponde modificar en este punto el fallo apelado sólo en cuanto dispone adicionar a la tasa pasiva promedio que publica el B.C.R.A. el interés del 2% mensual hasta el efectivo pago, el que se deja sin efecto."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el bloque dispositivo ni en el texto final; la decisión que se aplica es la que surge del acuerdo plenario consignado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar