SANCCI, BRUNO c/ UNIVERSIDAD NCIONAL DE LA PATAGONIA SAN JUAN BOSCO - COMODORO RIVADAVIA s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO
El actor demandó a la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco por intereses moratorios sobre haberes adeudados y liquidados en el recibo Nº 790263. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda y condenó a la Universidad a pagar la suma que surja de la liquidación más intereses desde el 20/10/2025, e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Sr. Bruno SANCCI.
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.
- Objeto de la demanda: Reclamo de intereses moratorios sobre haberes liquidados y abonados consignados en el “Recibo de sueldo Número: 790263” (se reclama la suma de $550.702,20 calculada conforme a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco a pagar al actor, en el término de diez (10) días, la suma en pesos que surja de la liquidación respectiva en concepto de intereses sobre los haberes liquidados y abonados en el recibo Nº 790263, con más intereses a la tasa que emplea el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos a treinta días desde la fecha de notificación de la demanda (20/10/2025) hasta el efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada perdidosa y se difirió la regulación de honorarios hasta la liquidación firme.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"La demandada omitió contestar la demanda en tiempo y forma, lo que supone la presunción de veracidad de los hechos que se aducen en el inicio y el reconocimiento de la documentación que se acompaña (arts. 356 inc. 1º y cctes. CPCCN; arts. 263, 264, 314, 319 y cctes. del CCyC)."
"En consecuencia, se tiene por cierto que el actor es docente de la UNPSJB; que la demandada omitió abonarle oportunamente la 2° cuota del SAC del año 2022, y haberes desde el mensual 12/2022 al 05/2023; y que, luego de los reclamos cursados por aquel, canceló lo adeudado, a excepción de los intereses moratorios correspondientes."
"Por lo tanto, encontrándose acreditada tanto la causa como el incumplimiento de la obligación que fundamenta la pretensión, se receptará la demanda, condenando a la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco a pagar al actor, en el término de diez (10) días, la suma en pesos que surja de la liquidación respectiva, en concepto de intereses sobre los haberes liquidados y abonados en el 'Recibo de sueldo Número: 790263' (arts. 768, 886, y cctes. del CCyC), con más intereses -a la tasa que emplea el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos a treinta días
- desde el 20/10/2025, fecha de notificación de la demanda (v. fs. 56/58; y Conf. art. 770 inc. b del CCyC), y hasta el efectivo pago."
- Votos en disidencia: no se consignan votos en disidencia en la sentencia.
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