GODOY, ANDREA SOLEDAD c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó contra Swiss Medical ART S.A. por condena y accesorios (Recurso Ley 27348). La Cámara modificó parcialmente la sentencia y ordenó ajustar los accesorios conforme a Ley 27.802, dejó sin efecto los pronunciamientos previos sobre costas y honorarios, e impuso costas y reguló honorarios conforme a las pautas indicadas.
¿Quién es el actor?
GODOY, ANDREA SOLEDAD (la reclamante/trabajadora).
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo laboral con liquidación de condena y discusión sobre los accesorios de condena (intereses/primas aplicables) y regulación de costas y honorarios (Recurso Ley 27348).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada y ordenó que los accesorios de condena se ajusten a las pautas expuestas en los considerandos; dejó sin efecto los pronunciamientos sobre costas y honorarios; impuso las costas de primera instancia a Swiss Medical ART S.A.; reguló honorarios en sede administrativa y de primera instancia en 51,45 UMA ($5.251.810,20), 46,84 UMA ($4.781.239,84) y 12,11 UMA ($1.236.146,36) —en ese orden— y fijó los honorarios de Alzada en el 30% de lo asignado por la anterior. Se impusieron asimismo las costas de Alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Al respecto, es dable precisar que no resulta procedente, en el sub lite, la aplicación del Decreto 669/19 (pub. B.O. 30/09/2019), ya que este Tribunal se expidió sobre su inconstitucionalidad en el Expediente Nº CNT 8227/2021 de fecha 02/05/2023 en los autos “Rapetti, Florencia c/ Berkley Internacional ART S.A. s/ Recurso Ley 27348”, a cuyos argumentos me remito en obsequio a la brevedad. Al igual, que en orden a los apartados 2° y 3° del artículo 12 de la Ley 24.557 -según la redacción del artículo 11° de la ley 27348-, cfr. el precedente “MACHUCA, RAFAEL HERNÁN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348” (Expte. 32376/2022; SD del 6 de marzo de 2025), en dicha oportunidad esta Sala destacó que la utilización de la tasa activa -negativa en los últimos años-, para calcular los intereses en este tipo de acciones, implicaba una confiscatoriedad del crédito del trabajador -devengado en una evidente situación de emergencia
- con grave afectación del derecho de propiedad."
"En este sentido, los accesorios deberían ajustarse a lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 27.802, norma de orden público, de aplicación inmediata y de oficio."
"En definitiva, postulo en este voto: se modifique parcialmente la sentencia apelada y se ordene que los accesorios de condena se ajusten a las pautas expuestas en los considerandos que anteceden; se dejen sin efecto los pronunciamientos sobre costas y honorarios (art. 279 del C.P.C.C.N.), se impongan las costas de primera instancia a Swiss Medical ART S.A., vencida en lo sustancial (art. 68 del C.P.C.C.N.) y se regulen los honorarios de la representación letrada de la reclamante, de Swiss Medical ART S.A. y de la perito médica legista, en función de la importancia, mérito y extensión de sus trabajos, en sede administrativa y primera instancia, en 51,45 UMA, 46,84 UMA y 12,11 UMA equivalentes –en ese orden
- a $ 5.251.810,20.-, $ 4.781.239,84.
- y $ 1.236.146,36.
- (conf. art. 38 L.O., Ley 27.423 y Res SGA Nº 1785/2026); se impongan las costas de Alzada en el orden causado, atento la índole de la cuestión debatida y particularidades de autos (art. 68, 2º párrafo, del C.P.C.C.N.) y se regulen los honorarios de la representación letrada de la reclamante y de Swiss Medical ART S.A., por sus trabajos en esta instancia, en el 30%, de lo asignado por la anterior (art. 30 de la Ley 27.423)."
- Votos: La Dra. María Dora González votó por la solución expresada y el Dr. Víctor A. Pesino adhirió al voto que antecede. No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: