Logo

PESCIALLO MARCO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la A.N.Se.S. para que se recalculen y reajusten sus haberes jubilatorios y se paguen las retroactividades. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº6 hizo lugar a la demanda, ordenó redeterminar el haber inicial y abonar las diferencias desde el 18/02/2014 hasta la muerte del causante (y las de la pensión derivada), desestimó la prescripción, declaró inconstitucionales art. 26 de la ley 24.241 y art. 9 de la ley 24.463 cuando su aplicación provoque merma superior al 15% y condenó en costas a la ANSeS.

Anses Reajuste de haberes Ley 24.241 Pbu Isbic Inconstitucionalidad art. 26 ley 24.241 Inconstitucionalidad art. 9 ley 24.463 Retroactivos desde 18/02/2014 Prescripcion art. 82 ley 18.037 Intereses tasa pasiva bcra

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PESCIALLO MARCO ANTONIO (causante, luego fallecido; continuadora/causahabiente: Ivalo Juana Nestora). Demandado: A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Reajuste y recálculo del haber jubilatorio obtenido al amparo de la ley 24.241 (haberes iniciales, aplicación de pautas de movilidad, pago de sumas retroactivas con intereses), cuestionando topes máximos y proponiendo la inconstitucionalidad de normas que afectarían la integralidad del haber. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial conforme a las pautas fijadas en los considerandos, abonar las diferencias retroactivas con intereses desde la fecha de adquisición del derecho (18/02/2014) hasta la fecha de fallecimiento del causante y, posteriormente, las de la pensión derivada, en el plazo del art. 22 ley 24.463 mod. por ley 26.153; se desestimó la excepción de prescripción opuesta por ANSeS en los términos del art. 82 ley 18.037; se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 para el supuesto en que su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto de los haberes calculados conforme a lo dispuesto; se impusieron costas a la demandada vencida y se regularon honorarios de la parte actora en el 18% sobre lo que resulte a su favor en la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados." 2) "En tal sentido, sin perjuicio del criterio que mantuve sobre el particular -de actualizar el valor del AMPO/MOPRE según el índice del salario básico de convenio de la industria y la construcción (ISBIC)-, lo cierto es que las tres Salas de la Excma. Cámara del fuero han unificado su posición sobre el punto, adoptando para la actualización de la PBU, el índice contemplado en el fallo de la CSJN 'Badaro Adolfo Valentín', sent. del 26/11/2007... En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'..." 3) "Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado conforme a las pautas que se ordenan en la presente, que resulte confiscatoria... En cuanto al inciso 2º de esa misma norma, deviene inaplicable al caso..." 4) "A las diferencias generadas a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses que se calcularán desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos discrepantes en la parte resolutiva; la decisión resulta de la sentencia única firmada por la Jueza Federal Subrogante Valeria A. Bertolini.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar