GLESER RICARDO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes varios contra ANSES por cálculo de haberes y PBU; la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó lo decidido respecto de la Resolución SSS 6/2009 y diferió para ejecución el análisis del haber inicial de la PBU y del cuestionamiento sobre topes, confirmando la sentencia en lo demás y ordenando costas por su orden en la alzada.
¿Quién es el actor?
GLESER Ricardo Daniel.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; cuestionamiento del método de actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, redeterminación de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes (arts. 9 y 26 ley 24.241; art. 9 ley 24.463), inaplicabilidad de resoluciones y normas (Res. SSS 6/2009, Res. ANSeS 56/2018, art. 2 ley 27.426), y demás incidencias procesales (costas, honorarios, tasa de sustitución, intereses).
¿Qué se resolvió?
Se diferenció el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución; se diferió para la ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se revocó lo decidido respecto de la Resolución SSS 6/2009; se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; se impusieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
“Que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que fueron posteriormente ratificados por ley 27.609, de modo que no cabe extender, sin más, la aplicación del precedente Elliff, sin efectuar el control jurisdiccional de la normativa a fin de asegurar la fundamental razonabilidad de esos actos e impedir que, por medio de ellos, se frustren derechos cuya salvaguarda es deber indeclinable del Tribunal (Fallos 293:551; 303:1155 y 308:1848).”
“Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes.”
“En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos ‘Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios’..., donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución.”
Sobre costas: “Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’).”
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó constancia de su opinión discrepante en cuanto a la metodología de actualización de las remuneraciones del haber inicial; en su voto propuso: “Ergo, se revoca lo decidido en la instancia anterior y se declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426. Por consiguiente, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en los autos: ‘Elliff…’ y ‘Blanco…’, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417…”; dicha posición fue expresada como opinión y no integró la decisión mayoritaria.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: