DE JESUS ALBERTO FABIAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes de haberes y Prestación Básica Universal (PBU) contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia en lo principal, pospuso la redeterminación de la PBU y el análisis de topes y sumas extraordinarias para la etapa de ejecución y fijó costas y honorarios conforme a lo resuelto.
Actor: DE JESUS ALBERTO FABIAN. Demandado: ANSeS. Objeto: Reclamo de reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, cuestionamiento de la ley 27.609 (método de movilidad), exención del impuesto a las ganancias, reconocimiento de "refuerzos previsionales", "bonos", "suplementos" y topes de haberes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara pospuso la determinación del valor de la PBU para la etapa de liquidación de sentencia; pospuso el tratamiento de los topes de haberes en actividad para la etapa de ejecución; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento relativo a las sumas extraordinarias; confirmó lo resuelto en torno a las costas de la instancia de grado con la regla indicada (art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423) y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; además fijó honorarios por la Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- "Que en relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c /ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
- "En tal sentido, para determinar la validez constitucional de las normas en juego y, eventualmente, adoptar un método para subsanar el daño atribuible a ellas, se deberá determinar, de manera concreta, qué incidencia ha tenido la ausencia de incrementos de las sumas reconocidas por cada decreto en cada uno de los mensuales y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio de acuerdo a la doctrina de Fallos: 323:4216, considerando para ello la sumatoria de todos los beneficios percibidos por el actor. En los términos que anteceden corresponde admitir parcialmente la queja dirigida en torno a la percepción de las sumas extraordinarias dispuestas por el Poder Ejecutivo y, en consecuencia, diferir para la etapa procesal oportuna la acreditación de los extremos señalados en párrafo precedente."
- "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634), ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
Voto en disidencia o salvados: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en relación con varios puntos (entre ellos el criterio sobre actualización de remuneraciones y la inconstitucionalidad de la ley 27.609) y expone su fundamentación; sus consideraciones fueron advertidas expresamente pero la resolución se adoptó por mayoría.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: