VERA RUBEN DAVID c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó la prescripción y ordenó recalcular el haber y pagar el retroactivo conforme las pautas fijadas, con pago en 120 días desde que la sentencia quede firme.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VERA RUBEN DAVID.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación N° 14-0-2171515-0-1) conforme a la ley 24.241 y conexas; impugnación de topes, índices de actualización, refuerzos previsionales y demás cuestiones vinculadas al cálculo del haber inicial y movilidad.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se rechazó la defensa de prescripción invocada por ANSES; se ordenó recalcular el haber del actor y abonar las diferencias y retroactivos conforme las pautas del decisorio en el plazo de 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden y se diferirá la regulación de honorarios para la etapa de liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "Luego de la compulsa de la prueba documental arribada en autos, se advierte que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-2171515-0-1 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 15/10/2023. En consecuencia, será analizado el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241."
- "Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada (“M.C”); 2) la “Merma Cuantificada” se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“HIRS”); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = (“M.C” x 100 % “HIRS”)."
- "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por VERA RUBEN DAVID, en los términos expuestos en los considerandos precedentes, 2) Rechazar la defensa de prescripción deducida en los términos del artículo 82 de la ley 18.037 por la demandada, 3) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463) que se computará desde que la sentencia quede firme..."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la decisión consta como sentencia definitiva dictada por el juez de primera instancia.
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