PUNTORERO, NATALIA ANDREA Y OTROS c/ ALMUNDO COM SRL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Demanda de consumidores por pasajes y servicios turísticos no prestados por la pandemia. El Juzgado hizo lugar parcialmente: rechazó la demanda contra Assist Card, desestimó las excepciones de legitimación pasiva de Almundo y Despegar, y condenó a Aerolíneas Argentinas, Almundo y Despegar a pagar $2.293.504,30 más intereses, con aplicación del límite del Convenio de Montreal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Natalia Andrea Puntorero (actuando también en representación propia y de su hijo menor Joaquín Devito Puntorero), Andrés Ezequiel Devito, Luisa Rosa Funes y Oscar Pedro Puntorero.
Demandado: Aerolíneas Argentinas SA; Almundo.com SRL; Despegar.com.ar SA; Assist Card Argentina SA de Servicios.
Objeto: Restitución de los importes abonados por pasajes y servicios turísticos montados a Roma (ida y vuelta) y reparación por daños y perjuicios (daño moral equivalente a cinco pasajes según la petitoria, daño punitivo de $800.000), más intereses.
Decisión: Se desestiman las excepciones de falta de legitimación pasiva opuestas por Almundo y Despegar. Se rechaza la demanda contra Assist Card. Se hace lugar parcialmente a la demanda respecto de Aerolíneas Argentinas, Almundo y Despegar y se condena a dichas demandadas a abonar a los actores la suma total de $2.293.504,30 en concepto de daños y perjuicios, con intereses desde el 01/04/20 hasta el efectivo pago, aplicando el límite de responsabilidad previsto en el Convenio de Montreal; las costas se imponen según lo fijado en el considerando X.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En consecuencia, cabe tener por acreditada la responsabilidad de Almundo y ARSA por su obrar ante los vuelos cancelados por la normativa de emergencia en razón de la pandemia de Covid-19 y de Despegar por la falta de devolución de la suma de $31.269,47, en concepto del servicio turístico cancelado, conforme los lineamientos de la ley 27.563 y, por ende, resulta admisible la pretensión contra ellas entablada."
"Además, de la prueba documental y pericial contable surge que Assist Card únicamente emitió los vouchers correspondientes a la cobertura contratada, pero no se logró acreditar que hubiera percibido suma alguna de los actores, ni que hubiera recibido y rechazado una solicitud de reintegro, ni que hubiera incumplido una obligación propia derivada del contrato. Por tal motivo, no puede afirmarse que Assist Card hubiera incurrido en un incumplimiento de las obligaciones asumidas frente a los actores."
"El daño moral ... corresponde hacer lugar a esta arista del reclamo... ponderando las constancias de la causa y sin perjuicio de los intereses que se reconocen en la presente sentencia, estimo equitativo fijar la indemnización por este concepto en la suma de $1.800.000 ($400.000 para cada uno de los actores mayores de edad y $200.000 para Joaquín Devito Puntorero)."
"En tal contexto... no encuentro en la conducta de aquéllas la comisión de hechos que justifiquen la aplicación de la multa en estudio... En consecuencia, se desestima el reclamo de daño punitivo articulado."
"La demanda prosperará por la suma total de $2.293.504,30, en concepto de daños y perjuicios... Dicha suma devengará intereses que serán calculados desde el 01/04/20... Tales accesorios se computarán de acuerdo con la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina..."
"creo que corresponde su aplicación en autos... corresponde concluir que el capital de condena estará sujeto a la limitación establecida por el artículo aludido [art. 22 Convenio de Montreal de 1999], con exclusión de los intereses."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en la sentencia.
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