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CALDERON MARCELINO HECTOR Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Retirados de Gendarmería reclamaron la incorporación remunerativa y bonificable de suplementos creados por los Decretos 1307/12 y 246/13 al haber de retiro. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al Estado Nacional - Ministerio de Seguridad - Gendarmería Nacional a abonar dichos suplementos (con carácter remunerativo y bonificable) y a liquidar las sumas retroactivas con intereses dentro de 90 días de quedar firme la sentencia.

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¿Quién es el actor?

MARCELINO HECTOR CALDERON; JUAN JOSE GOMEZ; GENARO LOPEZ (retirados de la Gendarmería Nacional).

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE SEGURIDAD
- GENDARMERÍA NACIONAL.
- Objeto de la demanda: Reclamo para que se incorporen al haber de retiro, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por el Decreto 1307/12 y sus modificatorios (entre ellos “Suplemento por Responsabilidad por Cargo”, “Suplemento por Función Intermedia”, “Suplemento por Cumplimiento de Tareas Específicas de Seguridad”, “Suplemento por Mayor Exigencia del Servicio” y el creado por decreto 854/13: “Suplemento por Disponibilidad Permanente para el Cargo o Función”), y el pago de las sumas retroactivas, con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó al Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional a abonar a los actores el suplemento que les hubiese correspondido percibir de los creados por el Decreto 1307/12 con las modificaciones del Decreto 246/13, con carácter remunerativo y bonificable desde su creación; se ordenó a la demandada que, dentro de los 90 días de firmeza de la sentencia, liquide las sumas retroactivas adeudadas desde su devengamiento con más intereses conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el BCRA hasta su efectivo pago, y a cancelarlas conforme a las normas presupuestarias vigentes; se impusieron las costas a la parte demandada y se reguló honorarios del 15% sobre la liquidación.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "El Decreto 1307/12 suprimió los adicionales transitorios otorgados por los Decretos 1246/05, 861/07, 884/08 y 752/09 y creó los suplementos denominados “responsabilidad por cargo”, “por función intermedia”, “por cumplimiento de tareas específicas de seguridad” y “por mayor exigencias del servicio”... Posteriormente, el decreto 854/13 creó en su art. 10 el “suplemento por disponibilidad permanente para el cargo o función” con carácter remunerativo...". 2) "La doctrina del Alto Tribunal dispuso a fin de establecer la naturaleza general de un suplemento determinadas pautas, a saber: la generalización en el cobro... demuestra que el otorgamiento tuvo connotación salarial –y por ende, remunerativa– ... que no sea necesario cumplir con una circunstancia específica para su otorgamiento, y que su otorgamiento importe una ruptura de la razonable proporcionalidad que debe existir entre el sueldo en actividad y el haber de retiro (conf. “Bovari de Díaz ...”)." 3) "En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda, ordenando a la accionada que liquide a favor de la parte actora los suplementos creados por el decreto 1307/12 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el expediente; la disposición resolutiva es la que precede y constituye la decisión del tribunal.

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