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OSORIO NUÑEZ MILAGRITOS MEDALID s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Milagritos Medalid Osorio Núñez. El Juzgado Federal declaró a la peticionante ciudadana argentina por naturalización y ordenó la extensión del título respectivo, condicionando la concesión al juramento de fidelidad y requiriendo el enrolamiento dentro del plazo de un año, con las notificaciones administrativas pertinentes.

Naturalizacion Ciudadania argentina Carta de ciudadania Juramento Enrolamiento Ley 346 Decreto 3213/84 Art. 35 ley 17.671 Anulacion por fraude Notificacion a migraciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MILAGRITOS MEDALID OSORIO NUÑEZ (peticionante de carta de ciudadanía). Demandado: Estado nacional (trámite de naturalización ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°1; notificaciones dirigidas a la Dirección Nacional de Migraciones, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Policía Federal y Ministerio de Relaciones Exteriores). Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía argentina por naturalización conforme a la Constitución Nacional, Ley 346 y Decreto reglamentario 3213/84. Decisión: Se declaró ciudadana argentina por naturalización a MILAGRITOS MEDALID OSORIO NUÑEZ, DNI 93.542.219, nacida el 02/01/1966 en Barranca, Perú; se ordenó extender el título respectivo condicionando la concesión a que la interesada, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, y se le comunicó la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, con apercibimiento conforme al art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755). Además, se advirtió que si con posterioridad se conociese algún impedimento legal podrá disponerse la anulación de la ciudadanía según el art. 15 del Decreto 3213/84. Se ordenaron las notificaciones y comunicaciones administrativas indicadas y el archivo del expediente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina." "Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina por naturalización a MILAGRITOS MEDALID OSORIO NUÑEZ, DNI N° 93.542.219..." "hacién­dole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento. Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en este pronunciamiento; la resolución es dictada por la Jueza Federal interviniente.

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