ONOUGOU, CHRISTIAN SIMON c/ EN - DNM - EX 83622/19 s/AMPARO POR MORA
Recurso de amparo por mora contra la Dirección Nacional de Migraciones por demora en resolver expediente administrativo Nº 83622/2019. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó la apelación de la demandada y mantuvo el plazo de 20 días, las costas a la vencida y la regulación de honorarios del Dr. Guido Nicolás Bralla.
¿Quién es el actor?
Onougou, Christian Simon.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
- Objeto de la demanda: Amparo por mora para que la DNM se expida sobre lo solicitado en el expediente administrativo Nº 83622/2019 (solicitud iniciada el 24/06/2019).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, se confirmó el pronunciamiento de primera instancia; se impusieron las costas a la vencida y se confirmaron y fijaron honorarios a favor del Dr. Bralla Guido Nicolás conforme al considerando V.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) "En virtud de ello, se advierte que sólo es apelable lo relativo al plazo otorgado a la Administración para que se expida."
2) "En tal sentido, cabe señalar que de los fundamentos del recurso no surge que el Estado Nacional haya acreditado las razones concretas por las cuales el plazo de veinte días fijados en la sentencia de grado resulte irrazonable a los efectos de cumplir con la manda impuesta ... Por ende, corresponde rechazar dicho agravio y confirmar el plazo fijado en primera instancia."
3) "Atento a ello, y en cuanto al recurso de apelación interpuesto por la demandada, corresponde analizar el agravio referido al plazo fijado por el a quo ... no surge que el Estado Nacional haya acreditado las razones concretas..."
4) "En función de la naturaleza del proceso; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia por el Dr. Guido Nicolás Bralla ... corresponde confirmar la regulación practicada el 11 de mayo de 2026."
5) "Por las mismas consideraciones y por la labor cumplida ante esta Alzada, se fijan los honorarios del Dr. Bralla Guido Nicolás en la cantidad de 2,1 UMA –equivalente a pesos 214.359,60
- ... los que se encuentran a cargo de la demandada."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia relevantes en la parte resolutiva; la decisión aparece acordada por la mayoría que suscribe.
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