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AIR SRL - TF 39718-A c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Modificación de la regulación de honorarios: la Cámara redujo los emolumentos de la representación legal de la parte demandada a 2,25 UMA y fijó los honorarios del letrado patrocinante de la actora en 1 UMA. La Cámara fundó la reducción en la naturaleza del proceso, el resultado obtenido y la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido.

Recurso directo Honorarios Uma Camara contencioso administrativo federal Costas Reduccion de emolumentos Ley 27.423 Resolucion sga 1785/2026 Dga Air srl


¿Quién es el actor?

AIR SRL (expediente TF 39718-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA).
- Objeto de la demanda/reclamo: recurso directo de organismo externo con impugnación respecto de la regulación de honorarios practicada en la instancia anterior.

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó la regulación de honorarios practicada a fojas 112/113 en soporte papel, reduciendo los emolumentos regulados a la dirección letrada y representación legal de la parte demandada a la cantidad de 2,25 UMA por la única etapa procesal cumplida, y fijó los honorarios del Dr. Hernán Cancellieri, letrado patrocinante de la parte actora, en la cantidad de 1 UMA, a cargo de la parte demandada conforme a la imposición de costas.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "I.
- Que en función de la naturaleza del proceso, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido ante la anterior instancia, corresponde modificar la regulación de honorarios practicada a fojas 112/113 de la causa en soporte papel y, en consecuencia, reducir los emolumentos regulados a la dirección letrada y representación legal de la parte demandada a la cantidad de 2,25 UMA, por la única etapa procesal cumplida (conf. arts. 16, 21, 22, 24, 29 y ccdtes. de la Ley N° 27.423, Resolución SGA 1785/2026 y art. 13 de la R.G. AFIP N° 4816/2020)." "II.
- Que, por las mismas consideraciones y por la labor cumplida ante esta Alzada, corresponde fijar los honorarios del Dr. Hernán Cancellieri (en su carácter de letrado patrocinante de la parte actora) en la cantidad de 1 UMA, los que se encuentran a cargo de la parte demandada de conformidad con la imposición de costas dispuesta en el pronunciamiento de fojas 101/101vta. (conf. arts. 16, 20, 21, 29, 30, 58 y ccdtes. de la Ley N° 27.423 y Resolución SGA 1785/2026)." "III.
- Que cabe dejar aclarado que, en los importes establecidos precedentemente, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos, deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo juntamente con el monto del pago, en caso de corresponder."
- No constan votos en disidencia en el texto aportado.

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