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BARRIONUEVO, DIEGO MARCELO Y OTROS c/ DIAZ, MAXIMILIANO EZEQUIEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores reclamaron daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor responsable y su aseguradora. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la cuantía de las partidas indemnizatorias (incapacidad sobreviniente, tratamiento psicológico futuro, consecuencias no patrimoniales y privación de uso), ajustó el límite de la póliza a la normativa de la SSN al momento del pago y cambió el cómputo/tasa de interés, confirmando lo demás.

Accidente de transito Dano a las personas Incapacidad sobreviniente Tratamiento psicologico futuro Consecuencias no patrimoniales Privacion de uso Limite de seguro Intereses Camara nacional de apelaciones en lo civil Cuantificacion indemnizatoria


¿Quién es el actor?

Diego Marcelo Barrionuevo; Viviana Natalia Gómez; y su hijo menor Jonás Lautaro Barrionuevo (actúan por sí y el menor por su representante).

¿A quién se demanda?

Maximiliano Ezequiel Díaz. Citada en garantía: Caja de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 5/5/2019 en la intersección de Av. Eva Perón y Lacarra, en el que el conductor demandado habría pasado el semáforo en rojo y colisionó al vehículo de los actores.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de grado en la cuantificación de diversas partidas indemnizatorias elevando los montos para cada actor (ver sumas abajo), se dispuso que el límite del seguro se ajuste a la norma vigente de la Superintendencia de Seguros de la Nación a la fecha del efectivo pago, se modificó el cómputo y la tasa de interés conforme a los lineamientos del considerando XVIII, y se confirmó la sentencia en lo demás. Las costas de Alzada se impusieron a la citada en garantía. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- Apartado XVIII (Intereses): "El sentenciante dispuso que los intereses se computaran desde la fecha del hecho y hasta su efectivo pago a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, salvo los correspondientes al futuro tratamiento psicológico, que los estableció desde la fecha de la sentencia. ... En consecuencia, propongo modificar este aspecto del pronunciamiento. Ello, a excepción de la partida reconocida por tratamiento psicológico futuro, que por tratarse de gastos aún no realizados, se devengarán desde la fecha de la sentencia, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, tal como fue dispuesto en la sentencia de grado."
- Apartado XVII (Límite del Seguro): "De tal modo, no puedo sino concluir que los términos del contrato de seguro resultan oponibles a los terceros damnificados. ... En función de lo expuesto, recaen sobre la aseguradora morosa, que optó por llevar adelante este proceso para la determinación de una conducta que se le reclamó, las ulteriores consecuencias que de ella derivaron, consecuencias que, en cuanto aquí interesa, se configuraron al modificarse el régimen al que se obligó la propia aseguradora ... Como corolario de todo lo cual, se estima ajustado a derecho que el límite del seguro de marras se ajuste a la norma vigente de la Superintendencia de Seguros de la Nación a la fecha del efectivo pago ... por lo que con tales alcances, propicio modificar lo decidido en la instancia de grado."
- Apartado XIX / propuesta dispositiva (sumarios de modificación): "Por lo expuesto y lo establecido en las disposiciones legales, jurisprudencia y doctrina precedentemente citadas, analizadas las pruebas en particular y en conjunto a la luz de las reglas de la sana crítica (art. 386 del Cód. Procesal), juzgando en definitiva, propongo al Acuerdo: i) modificar el pronunciamiento de grado ... las que se elevan a la suma de pesos seis millones setecientos cincuenta mil ($6.750.000) ... ii) modificar la sentencia ... diez millones trescientos cincuenta mil ($10.350.000) ... iii) modificar la sentencia respecto al “quantum” ... trece millones ochocientos mil ($13.800.000) ... iv) modificar la sentencia ... que el límite del seguro se ajuste a la norma vigente ... v) modificar el pronunciamiento en lo relativo al cómputo y a la tasa de interés ... y vi) confirmar la sentencia en lo demás ... Las costas de Alzada se impondrán a la citada en garantía ... Así lo voto." Disidencia: no se registran votos en disidencia; los tres jueces votaron en el mismo sentido.

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