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PEREYRA, MONICA BEATRIZ c/ SOSA, GUSTAVO ARNALDO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito reclamó $582.000 más intereses; la jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente al conductor, a la titular registral y a la aseguradora a pagar $10.200.000 con intereses desde el 20/04/2023. La resolución fundó la responsabilidad en la intervención del vehículo y en la imposibilidad de acreditar causal eximitoria, y valoró pericias médicas y psicológicas para determinar incapacidades y montos indemnizatorios.


¿Quién es el actor?

Mónica Beatriz Pereyra.
- Demandados: Gustavo Arnaldo Sosa (conductor) y María Alejandra Stile (titular registral); se extendió la condena a la aseguradora Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. en la medida del seguro contratado.
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 20/04/2023 en Av. Varela y Asamblea (peatón atropellado), por diversos rubros: daño físico y psíquico, daño moral, gastos médicos/farmacia, tratamientos futuros, lucro cesante, gastos de movilidad, entre otros.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó a Gustavo Arnaldo Sosa y a María Alejandra Stile, con extensión a la aseguradora Orbis en la medida del seguro, a pagar a la actora la suma de $10.200.000 dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, con más intereses calculados desde el 20/04/2023 hasta la sentencia al 8% anual y desde entonces a la tasa activa del Banco Nación (según considerar XI). Se impusieron costas a los vencidos y se regularon honorarios conforme ley 27.423 (detalle de UMA y sumas en la parte resolutoria).
- Fundamentos principales (transcripciones textuales seleccionadas): "V. En los supuestos en que un peatón es atropellado en la vía pública por un automóvil en movimiento resulta de aplicación el art. 1769 del Código Civil y Comercial de la Nación el cual dispone que 'los artículos referidos a la responsabilidad derivada de la intervención de cosas se aplican a los daños causados por la circulación de vehículos'... Es claro entonces que a la víctima del accidente de circulación le basta con acreditar el perjuicio sufrido y la intervención de la cosa que lo produjo... sobre el creador del riesgo gravita una presunción de adecuación causal, que solo puede ser desvirtuada si se acredita la intervención de una causa ajena." "Los emplazados no han acreditado que el suceso lesivo se produjo por caso fortuito, por la culpa de la víctima, o la de un tercero por el que no deben responder, y por ende no han logrado revertir la presunción de responsabilidad que pesaba en su contra... En consecuencia, al encontrarse acreditado que el evento dañoso se produjo con intervención del automotor conducido en la oportunidad por Gustavo Arnaldo Sosa, y no habiéndose invocado, ni mucho menos probado, causal eximitoria alguna, se mantiene incólume la presunción legal de responsabilidad, por lo que corresponde condenar..." Sobre prueba pericial y perjuicios: "La experticia... informó: 'han agravado cuadros nosológicos preexistentes en su columna cervical, lumbosacra y en su

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