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MARTINEZ HERRERO, LEONARDO HERNAN S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN MARTINEZ HERRERO LEONARDO HERNAN C/ EDESUR SA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (EXPTE. N° 5256/2021)

El Gobierno de la Ciudad interpuso recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que ordenaba otorgar subsidio habitacional a una mujer con hija menor en situación de vulnerabilidad. El Tribunal Superior de Justicia declaró mal concedido el recurso por falta de cuestión constitucional y confirmó la decisión de la Cámara.

Excepcion de incompetencia Competencia federal Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Competencia del tribunal superior de justicia

Actor: BAS, MA y su hija menor de edad (coactores) Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Objeto de la demanda: Reconocimiento de prioridad en el acceso a prestaciones de políticas sociales y amparo por vulnerabilidad social para obtener alojamiento y subsidio habitacional.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia declaró mal concedido el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el GCBA, lo que implica confirmar la decisión de la Cámara de Apelaciones que ordenó al Gobierno otorgar a MA y su hija menor de edad el subsidio establecido en el decreto 248/2022 con las adecuaciones del artículo 8 de la ley 4036. Fundamentos principales de la decisión: "La Cámara concedió parcialmente el recurso de inconstitucionalidad por dos motivos: i) entendió que las circunstancias valoradas al momento de dictar la sentencia del 07-11-2023 habían variado; y, ii) afirmó que la actora nunca había solicitado un subsidio habitacional. En cuanto a los restantes agravios el recurso fue denegado." "Las cuestiones por las que fue concedido el recurso de inconstitucionalidad no formaron parte de los agravios del GCBA. A su turno, el demandado no interpuso queja por aquellas cuestiones respecto a las que, si bien materia de agravio, no fue concedido el recurso." "En virtud de lo expuesto, corresponde declarar mal concedido el recurso de inconstitucionalidad del GCBA." El Tribunal consideró que el recurrente no planteó ninguna cuestión constitucional válida, ya que los motivos por los cuales la Cámara concedió parcialmente el recurso no fueron efectivamente materia de agravios del GCBA, existiendo una incongruencia procesal que tornaba improcedente el recurso extraordinario.

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