MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA DE LA NACIÓN s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (PENAL) en RJG S/ INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. N° 90705/2019)
La Defensoría de la Nación interpuso queja contra la denegación de un recurso de inconstitucionalidad en un proceso por robo en banda. El Tribunal Superior de Justicia tuvo por desistido el recurso de queja tras la manifestación de voluntad del imputado Franco Manuel Maidana.
Quién demanda (Actor): Ministerio Público
- Defensoría de la Nación, en la persona del Defensor Público Coadyuvante de la Unidad Letrados Móviles, en defensa de Franco Manuel Maidana.
A quién se demanda (Demandado): Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (CNCCC).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. La defensa cuestionaba la resolución de la Sala de Turno de la CNCCC que declaró inadmisible el recurso de casación, argumentando que la imposición de pena de efectivo cumplimiento vulneraba los principios de legalidad, pro homine, mínima intervención y ultima ratio.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia tuvo por desistido el recurso de queja en función de la manifestación de voluntad de Franco Manuel Maidana de desistir del mismo, presentada conjuntamente por la defensa. Fundamentos principales de la decisión: "Corresponde tener por desistido el recurso de queja interpuesto en función de lo manifestado por la defensa junto con su asistido, Franco Manuel Maidana, en la presentación efectuada." La sentencia no desarrolla un análisis de fondo del recurso de queja. El procedimiento se cerrró procesalmente mediante el desistimiento voluntario del recurso deducido ante el Tribunal Superior de Justicia, acto que extinguió la pretensión sin necesidad de que el Tribunal se expidiera sobre el mérito de los agravios constitucionales alegados (vulneración de principios de legalidad, pro homine, mínima intervención y ultima ratio en relación con la modalidad de cumplimiento de la pena en un proceso por robo en poblado y en banda, expediente n° 48858/2024).
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