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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en QUIROGA, NATALIA VALERIA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

El GCBA interpuso queja contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad dirigido contra una medida cautelar que ordenaba mantener en disponibilidad a un policía desvinculado. El Tribunal Superior rechazó la queja al considerar que la resolución impugnada no constituye sentencia definitiva ni equiparable a tal, requisito esencial para la procedencia del recurso de inconstitucionalidad.

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Actor: Gabriel Hernán Kebroth (demandante en el proceso principal) Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Objeto de la demanda: Kebroth promovió una medida cautelar autónoma contra la Resolución 1110/MSEGC/24 que dispuso su baja definitiva de la Fuerza Policial de la Ciudad. El GCBA presentó recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que hizo lugar a la medida cautelar, y luego interpuso queja ante el Tribunal Superior de Justicia contra la denegatoria de dicho recurso.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia rechazó el recurso de queja interpuesto por el GCBA. La medida cautelar de la Sala III se mantiene en vigor, que ordenaba al GCBA suspender los efectos de la desvinculación de Kebroth y mantenerlo en situación de disponibilidad sin designación de destino hasta tanto se resolviera el recurso de reconsideración interpuesto el 02-12-2024. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal Superior fundamentó el rechazo en que la resolución impugnada por el GCBA no reúne el carácter de sentencia definitiva, requisito indispensable para la procedencia del recurso de inconstitucionalidad. En este sentido, el tribunal sostuvo: "La queja deducida por el GCBA debe ser rechazada pues no consigue poner en crisis el principal fundamento por el cual fue denegado su recurso de inconstitucionalidad: ausencia de sentencia definitiva." Asimismo, el Tribunal Superior reiteró su doctrina establelecida: "Este Tribunal ha señalado reiteradamente que las resoluciones dictadas sobre medidas cautelares, ya sea que las acuerden, mantengan o denieguen, no son susceptibles de revisión por la vía del recurso de inconstitucionalidad, por no constituir sentencia definitiva; regla a la que cabe hacer excepción cuando la decisión produzca un agravio que por su magnitud o características sea de tardía, insuficiente o imposible reparación ulterior, caso en que corresponde equiparar estas decisiones a las sentencias de tal naturaleza." El Tribunal consideró que el GCBA no demostró el carácter definitivo de la resolución ni alegó fundadamente un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior. Además, señaló que "la vigencia de la medida dictada depende de su propio accionar", es decir, del cumplimiento de lo ordenado por la Sala III. Finalmente, el tribunal rechazó que la mera invocación de agravios constitucionales o la tacha de arbitrariedad sean suficientes para superar la ausencia del recaudo de sentencia definitiva, citando doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: "[l]a invocación de arbitrariedad o de desconocimiento de garantías constitucionales no autoriza a prescindir de la existencia de pronunciamiento definitivo".

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