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GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN KEBROTH, GABRIEL HERNAN CONTRA GCBA SOBRE MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA

El abogado Alberto Guillermo Aníbal Berazategui solicitó la regulación de sus honorarios por la actuación como patrocinante en la contestación de un recurso de inconstitucionalidad. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires reguló los emolumentos en 20 UMA más IVA, aplicando el mínimo legal establecido en la ley de arancel.

Fundamentacion del recurso Sentencia definitiva Medidas cautelares Falta de fundamentacion Tratamiento psiquiatrico Peligro en la demora Pase a disponibilidad Empleo publico Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Suspension del acto administrativo Personal de la policia de la ciudad de buenos aires Verosimilitud del derecho invocado Baja del agente

Quién demanda: Alberto Guillermo Aníbal Berazategui (solicitante de regulación de honorarios)

¿A quién se demanda?

No corresponde (es un incidente de regulación de honorarios)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la actuación como letrado patrocinante de Silvina Adriana Pérez en la contestación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contra la sentencia de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo del 07-11-2023.

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios del abogado Berazategui en 20 UMA (conforme el valor fijado por la resolución 500/26, del 27-07-2026, de la Secretaría de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), más IVA de corresponder, por su actuación como patrocinante. Fundamentos principales de la decisión: "Con arreglo a lo previsto en el artículo 30 de la ley 5134, '[p]or las actuaciones correspondientes a la segunda o ulterior instancia, se regularán en cada una de ellas del treinta por ciento (30%) al cuarenta por ciento (40%) de la cantidad que se fije para honorarios en primera instancia'." "En cuanto aquí corresponde señalar, el magistrado de grado reguló los honorarios al abogado Berazategui en la suma de $ 434.920, más IVA —de corresponder— (sentencia del 26-06-2023). Estos emolumentos quedaron firmes por no haber sido apelados por las partes." "La aplicación del máximo de la escala del artículo 30 de la ley de arancel sobre la base correspondiente arroja un monto inferior al mínimo establecido en el primer párrafo del artículo 31 de la ley (20 UMA, conforme el valor fijado por la resolución 500/26, del 27-07-2026, de la Secretaría de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Ello así, cabe fijar los emolumentos del abogado Berazategui en 20 UMA por su actuación como patrocinante de Silvina Adriana Pérez, conforme el valor que dicha unidad de medida tenga al momento de hacerse efectivo el pago." El juez Luis Francisco Lozano propuso, en su voto individual, un criterio alternativo basado en el 35% de la sumatoria de (i) el monto de la regulación por lo actuado ante primera instancia y (ii) los intereses calculados desde la fecha de esa regulación hasta la del presente pronunciamiento. Sin embargo, la resolución del Tribunal Superior de Justicia se ajustó al mínimo legal de 20 UMA.

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