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ZAMANIEGO, ALEJANDRA M.DE LOS ANGELES EN LA REP. INVOCADA c/ SECRETARIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD - MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

Amparo por mora solicitado para obtener resolución de una Pensión No Contributiva. El Juzgado Federal de Paraná hizo lugar al amparo y condenó a la Secretaría Nacional de Discapacidad a resolver el planteo en 10 días, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios por $2.143.596 (21 UMA).

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¿Quién es el actor?

Zamaniego, Alejandra María de los Ángeles (por derecho propio y en representación de su hija menor Suárez Zamaniego, Keila Micaela).

¿A quién se demanda?

Secretaría Nacional de Discapacidad
- Ministerio de Salud de la Nación (AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo por mora de la Administración para que se dicte acto administrativo expreso y definitivo que resuelva la solicitud de Pensión No Contributiva iniciada el 10/07/2025 (expediente administrativo Nº 04127531120545055000001), que permanecía sin resolución por más de un año. Se solicitó resolución en 10 días y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo por mora y se condenó a la Secretaría Nacional de Discapacidad a resolver el planteo del amparista dentro del término de diez (10) días; las costas quedan a cargo de la demandada; se regulan honorarios para la Dra. Ludmila M. Schreiner por $2.143.596 (21 UMA).
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes): "Que se encuentra acreditada en autos la mora en la tramitación del trámite que fuera iniciado por la parte actora en fecha 10/07/2025 y que a la fecha no ha sido resuelto por la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD." "Que no pueden ser de recibo los argumentos utilizados por la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD para desentenderse de la falta de resolución imputada por el amparista." "Asimismo, cabe agregar que, no corresponde al trámite de la presente acción entrar en el fondo de la cuestión y analizar los requisitos para el otorgamiento o no de la pretensión deducida por el accionante, siendo que, por la presente, se solicita el dictado del acto administrativo correspondiente, cuyos plazos se encuentran vencidos en exceso." "Consecuentemente, se halla acreditada en forma sobrada la morosidad en la que ha incurrido la administración; por ello, cabe hacer lugar a la ACCION DE AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION promovida por la Sra. ZAMANIEGO MARIA DE LOS ÁNGELES, condenando a la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, por lo que corresponde ordenar a esta última que resuelva dentro del término de DIEZ (10) DIAS el planteo de la amparista."
- Votos en disidencia: No constan disidencias en el expediente; la parte resolutiva es única y firmada por el Sr. Juez Federal Daniel Edgardo Alonso.

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