Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: NARVAEZ, NAHUEL ALEJANDRO s/INFRACCION LEY 23.737
Imputado fue juzgado por transporte de estupefacientes en juicio abreviado; la Cámara homologó el acuerdo parcialmente y condenó a Narváez a 4 años y 10 meses de prisión y multa equivalente a 45 unidades fijas ($6.660.225), imponiéndole además las costas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por el Sr. Fiscal General, Dr. José Ignacio Candioti).
- Demandado / Imputado: Nahuel Alejandro Narváez (DNI 42.206.782).
- Objeto de la acción: Se le imputó la autoría del delito de transporte de estupefacientes (art. 5º inc. "c" Ley 23.737) por el hallazgo de trece paquetes que arrojaron 8,575 kg netos de cannabis sativa y un envuelve de cocaína; acuerdo para juicio abreviado por aplicación del art. 431 bis, CPPN.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo en lo pertinente y se dictó sentencia condenatoria: se declaró autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte (art. 5º inc. "c", ley 23.737 y art. 45 CP) y se condenó a Narváez a CUATRO (4) AÑOS y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN y MULTA de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 6.660.225,°°) (equivalente a 45 unidades fijas), imponiéndosele además las costas por entero; intimación para pago de la multa en 10 días de quedar firme la sentencia y disposición de destrucción del remanente pericial una vez firme.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
"la materialidad ilícita del suceso bajo juzgamiento... y la autoría... se desprende en forma diáfana del cuadro probatorio reunido, el que resulta tan sencillo como contundente y permite acreditar con certeza el sustrato fáctico..."
"No puede pasarse por alto además que las evidencias -objetiva y subjetiva
- constatadas se encuentran cristalizadas por el expreso, voluntario y libre reconocimiento que el encartado Narváez efectuó del hecho... ocasión en que afirmó: 'lo acepto porque me agarraron a mí con las cosas'."
"el encuadramiento típico pactado se corresponde, sin fisuras, con el delito de transporte de estupefacientes."
Sobre la pena: "Por ello, estimo justo, adecuado y proporcional a su culpabilidad por el hecho, imponerle a Nahuel Alejandro Narváez la pena de cuatro (4) años y diez (10) meses de prisión."
Sobre la multa y su conversión: "procedente disponer en la presente la intimación al pago de la multa impuesta, de modo tal de definir ese quantum en el valor vigente de la U.F. a la presente sentencia... imponer a Nahuel Alejandro Narváez una pena de multa de Seis millones seiscientos sesenta mil doscientos veinticinco pesos ($ 6.660.225,°°), equivalentes a 45 ‘unidades fijas’".
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia; la sentencia es unipersonal dictada por la Sra. Jueza Noemí M. Berros.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: