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FESER, DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Reclamo de reajuste y movilidad de haberes previsionales contra ANSES por jubilado. El juez hizo lugar parcialmente a la demanda: declaró prescritas las pretensiones que excedan dos años, declaró inconstitucional el régimen del impuesto a las ganancias aplicado a jubilaciones y pensiones, revocó el acto administrativo y ordenó a ANSES abonar el nuevo haber y retroactivos conforme las pautas fijadas, con liquidación e intereses.

Feser Anses Reajuste de haberes Liquidacion de haber inicial Prescripcion administrativo (art. 82 ley 18037) Impuesto a las ganancias inconstitucional Retroactivos Intereses (tasa pasiva bcra) Decreto 157/2018 inconstitucional Costas.

Actor: DOMINGO FESER. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad de haberes previsionales (determinación del haber inicial, solicitud de actualización de remuneraciones y retroactivos; impugnación de normas de la Ley 24241, Ley 24463 y decretos vinculados; pedido de inconstitucionalidad de la Ley 27541 y decretos de 2020).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se declaró prescrita la acción por el período que exceda los dos años previos al último reclamo administrativo o a la interposición de la demanda (art. 82 Ley 18037); se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias en cuanto somete a dicho impuesto a las jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios; se revocó el acto administrativo cuestionado y se ordenó a ANSES abonar al actor el nuevo haber y las diferencias retroactivas que surjan de la liquidación, con intereses (tasa pasiva promedio del BCRA); se impuso la obligación de practicar la liquidación en 120 días hábiles y se impusieron las costas a la demandada. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Que, respecto de la excepción de prescripción, conforme lo dispuesto en el art. 82 de la ley 18.037 (T.O 1976), corresponde hacer lugar a la defensa opuesta por los términos que excedan los dos años previos al último reclamo administrativo efectuado o de la interposición de la demanda, según corresponda."
- "Dicho ello, ... corresponde que la demandada proceda a efectuar el recálculo del haber inicial computando a tal fin la totalidad de los aportes autónomos realizados, y conforme las pautas dadas por la CSJN en los autos 'Makler, Simón c/ ANSES s/ inconstitucionalidad ley 24463' (sentencia del 20/05/2003)."
- "Que finalmente sostengo la improcedencia de que ANSES efectúe retenciones en concepto de impuesto a las ganancias... Debo decir que no puede considerarse al haber previsional como una ganancia... Por todo ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias contemplado en los arts. 1º, 2, 82 inc.'c' y cctes de la ley 20.628... en la medida que mantiene a las jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios sujetos al régimen de ganancias..."
- "Que, por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda incoada, revocar el acto administrativo cuestionado y ordenar a la demandada ANSES abonar a la parte actora DOMINGO FESER el nuevo haber y las diferencias retroactivas que surjan de la liquidación, conforme las pautas antes citadas... En el supuesto de que no cumpla con ello, la planilla de liquidación podrá ser realizada por la parte demandada en los términos del art. 503 del CPCCN, todo en el plazo de 120 días hábiles (art. 22 Ley 24463) a contar desde la fecha en que la sentencia quede firme o consentida." Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia; la decisión es unipersonal del Juzgado Federal (Dr. Daniel Edgardo Alonso).

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