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CESARO, JUAN CARLOS c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inaplicabilidad del gravamen respecto del actor en situación de vulnerabilidad, ordenando la devolución de las sumas retenidas con intereses y costas en el orden causado.

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Actor: Juan Carlos Cesaro. Demandado: EN-AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes jubilatorios y pedido de devolución de las sumas descontadas con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la resolución de primera instancia que hizo lugar a la acción del actor, declaró la inaplicabilidad de las normas que gravan el haber previsional del demandante en su caso concreto, ordenó la restitución de las sumas retenidas desde la presentación de la demanda con más los intereses pertinentes y fijó las costas en el orden causado. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En esos términos, se impone aplicar la doctrina derivada del precedente citado y considerar a la parte actora –a la luz de las comprobadas circunstancias del expediente
- como una persona en situación de vulnerabilidad, por lo tanto, merecedora de un tratamiento impositivo especial y diferenciado del colectivo de beneficiarios de las prestaciones de la seguridad social." "Asimismo, siguiendo la línea marcada por el citado precedente 'García', este Tribunal en casos análogos, dispuso que el reintegro de los montos retenidos con base en las normas descalificadas opere desde el momento de la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "Por su parte, respecto de los intereses, corresponde que sean fijados a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, conforme plenario de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata 'Gómez, Ricarda c. ENTel s. Indemnización por despido', del 30/08/01, debiendo realizarse el cálculo desde la fecha de cada retención hasta su efectivo pago." Disidencia: No hubo disidencia en la solución adoptada por la Cámara; los tres votos adhieren a confirmar la resolución recurrida (se consignó la existencia de la disidencia en el precedente "García", pero no en la presente causa).

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