Incidente Nº 2 - IMPUTADO: DIAZ, MAURO EZEQUIEL Y OTRO s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)
Audiencia de incidentes por sobreseimiento: la defensa solicitó y la Fiscalía no se opuso al sobreseimiento de Mauro E. Díaz y Facundo Lucas por cumplimiento de pautas; el juez hizo lugar al sobreseimiento y ordenó el cese de medidas de coerción y el archivo de las actuaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Unidad de Defensa Pública de San Carlos de Bariloche (defensa de Mauro Ezequiel Díaz y Facundo Lucas).
Demandado: Unidad Fiscal (Sede Fiscal Descentralizada San Carlos de Bariloche)
- incidente de audiencia ante el Juzgado.
Objeto: Solicitud de sobreseimiento de los imputados por extinción de la acción penal y cumplimiento de las condiciones/pautas impuestas (art. 269 inc. G, 272 y 273 CPPF).
Decisión: Se hizo lugar al sobreseimiento de Mauro Ezequiel Díaz y Facundo Lucas, en los términos de los artículos 269 inc. G, 272 y 273 del CPPF, con cese de las medidas de coerción vigentes si las hubiera, archivo de las actuaciones y que se practiquen las comunicaciones correspondientes mediante la Oficina Judicial.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Unidad de Defensa Pública: solicita el sobreseimiento de Mauro Ezequiel Díaz por extinción de la acción penal y al respecto explica que el nombrado cumplió con todas las condiciones que le fueron oportunamente fijadas."
"Unidad Fiscal: refiere que no se opone al sobreseimiento de Díaz, pues se ha corroborado el cumplimiento de las pautas de conducta. Por otro lado, refiere que en relación al coimputado Lucas, falta aún el comprobante del pago de la donación acordada."
"Unidad de Defensa Pública: refiere que se ha corroborado que el imputado Lucas efectuó la donación de dinero al cual se había comprometido y que también realizó un curso online de la Universidad de Córdoba y explica que dichas constancias fueron remitidas a la Unidad Fiscal. Por tal motivo, solicita también el sobreseimiento del nombrado."
"El juez: luego de exponer los fundamentos de su decisión, RESUELVE: '...hacer lugar al sobreseimiento de Mauro Ezequiel Díaz y Facundo Lucas, en los términos de los artículos 269 inc. G, 272 y 273 del CPPF con cese de las medidas de coerción vigentes si las hubiera y archivo de las actuaciones, y que se practíquen las comunicaciones correspondientes mediante la Oficina Judicial...'"
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución es del juez que presidió la audiencia.
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