Legajo Nº 1 - IMPUTADO: VERA, JORGE LORENZO s/LEGAJO DE CONTROL
Prórroga de prisión preventiva por un año conforme a la Ley 24.390. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata Nº1 y ordenó que el debate oral y público se realice prontamente, homologando la medida.
¿Quién es el actor?
Representante del Ministerio Público Fiscal de la instancia anterior (solicitante de la prórroga).
- Demandado/Imputado: Jorge Lorenzo Vera.
- Objeto de la demanda: Prórroga de la prisión preventiva del imputado conforme al artículo 1 de la Ley 24.390, por el término de un (1) año a partir del 5 de agosto de 2026.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata Nº1 que prorrogó la prisión preventiva de Jorge Lorenzo Vera por un (1) año desde el 5 de agosto de 2026 y encomendó al tribunal de juicio a que prontamente se realice el debate oral y público; además dispuso registrar, notificar al representante del Ministerio Público Fiscal y remitir las actuaciones al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que el representante del Ministerio Público Fiscal de la instancia anterior solicitó se prorrogue la prisión preventiva del imputado."
"El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata Nº1 resolvió prorrogar la prisión preventiva de Jorge Lorenzo Vera, por el término de un (1) año, a partir del 5 de agosto de 2026."
"Conferida la vista al señor Fiscal General ante esta Cámara, consideró que debe ser homologada la resolución que prorroga la prisión preventiva del imputado."
"En atención a que la prórroga dispuesta se encuentra fundadas en los plazos y condiciones del art. 1° de la Ley 24.390, habrá de tomarse nota de las medidas adoptadas y encomendarse al tribunal de juicio a que prontamente se realice el debate oral y público."
- Votos/disidencias relevantes: No se registran disidencias; la resolución fue acordada por voto conjunto de los suscriptos (figura del juez en licencia y concordancia de opiniones).
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