CORONEL, MATIAS EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador demandó a GALENO ART S.A. por accidente de trayecto reclamando reparación por incapacidad y secuelas. La Cámara confirmó la sentencia de grado: declaró una incapacidad laboral total obrera del 18,80%, condenó a GALENO ART S.A. al pago de $1.608.215,41 actualizable por RIPTE y con interés moratorio del 6% anual, y mantuvo honorarios y costas a cargo del orden causado.
¿Quién es el actor?
Coronel, Matías Ezequiel.
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reparación por accidente de trayecto (15/10/2021) que produjo disminución funcional y perjuicios psíquicos; cuantificación de incapacidad y montos indemnizatorios; impugnación de método de actualización (RIPTE/decreto 669/19) y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en todos los puntos materia de recursos y agravios; mantuvo los honorarios recurridos y fijó las costas de la Alzada en el orden causado, regulando además el arancel del apoderado firmante del escrito en el 30% de lo que le fue asignado por su actuación en la instancia anterior. El monto condenado en primera instancia fue de $1.608.215,41, que se actualizará conforme a la doctrina del RIPTE desde el 15.10.2021 y devengará interés moratorio puro del 6% anual desde el siniestro hasta la liquidación en la etapa del art. 132 L.O.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia):
1) “En efecto, la disminución física que presenta el trabajador fue constatada por el legista -Dr. Marcelo Alejandro Mazzola-, quien fundamentó su labor en la revisión del accidentado y en los exámenes practicados (RMN de columna lumbosacra y Electromiograma de miembros inferiores).... de acuerdo al análisis de los elementos aportados por las partes para llevar adelante el presente informe, la revisación, y el resultado de los estudios complementarios solicitados por éste perito, surge que la actora presentó un accidente donde sufrió politraumatismos que afectaron varias zonas del cuerpo, de los cuales luego del tratamiento instituido ha derivado en una secuela consistente en una Lumbociatalgia con alteraciones clínicas y radiográficas. ...” (v. peritaje médico).
2) “En lo que atañe al daño psicológico, resta destacar que la minusvalía en esta faz también fue constatada por el perito, quien, con ajuste al estudio de psicodiagnóstico efectuado por el Lic. Daniel Nugnes M.N. 49.201, en base a las entrevistas realizadas, las técnicas utilizadas y los diferentes test que allí detalló. ... ‘el Sr. Coronel Matías Ezequiel padece Trastorno Distímico, generado o agravado por el hecho de marras que afecta un 10% de su personalidad y le provoca un compromiso mental que está directamente relacionado con los hechos acaecidos y sus secuelas psicológicas.’”
3) “Sobre la aplicación del decreto 669/19 ... este Tribunal ha realizado algunas consideraciones ... en los cuales se sostuvo que el decreto 669/19 -al menos en casos como el que aquí se juzga
- mejora las prestaciones y, por tanto, aunque inválido como decreto de necesidad y urgencia, resulta válido y aplicable como un decreto delegado que ejerce la prerrogativa expresamente autorizada por la LRT en su artículo 11.3 (art. 76 Constitución Nacional). ... estimo que la actualización del capital, efectuada en grado en base a la variación del índice RIPTE debe ser confirmada, conforme los lineamientos expuestos en el precedente citado, cuyo fundamento central halla cimiento en lo normado por el artículo 12 de la ley 24.557 según texto del decreto 669/2019.”
- Votos: El voto que encabeza la sentencia (Dra. Gabriela A. Vázquez) propone confirmar la sentencia apelada y es acompañado por el Dr. Enrique Catani, sin disidencias relevantes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: