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MONTES DE OCA, CARLOS ARIEL c/ LUQUE, MARTA ELIZABETH Y OTRO s/DESPIDO

El actor reclamó indemnizaciones por despido indirecto y rubros salariales adeudados. El Juzgado de Primera Instancia admitió la demanda y condenó solidariamente a Marta Elizabeth Luque y a Satyl Logística Integrada S.A. al pago de $105.618,82 más intereses y a la entrega de los certificados del art. 80 LCT, por entender acreditado el vínculo, el despido indirecto y la responsabilidad solidaria conforme al art. 30 LCT.

Despido indirecto Art. 30 lct Responsabilidad solidaria Art. 80 lct Indemnizaciones laborales Registro laboral Aguinaldo proporcional Vacaciones Intereses moratorios Costas


¿Quién es el actor?

Carlos Ariel Montes de Oca.
- Demandados: Marta Elizabeth Luque y Satyl Logística Integrada S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnizaciones y otros rubros por despido indirecto (art. 232, 233, 245 LCT), aguinaldo proporcional, vacaciones, indemnización agravada por ley 25.323, percepción por art. 80 LCT, entre otros.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó solidariamente a Luque y a Satyl a pagar al trabajador la suma de $105.618,82 más intereses desde el 07/04/2016; se obligó a Luque a entregar los certificados del art. 80 LCT en 30 días bajo apercibimiento de astreintes; y se impusieron costas a las demandadas vencidas de forma solidaria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Por todo lo expuesto, concluyo que el actor actuó asistido de razón cuando decidió colocarse en situación de despido indirecto con el telegrama del 07/04/2016, luego de constituir en mora a la obligada y sin obtener respuesta positiva a su reclamo, puesto que el registro irregular del contrato de trabajo constituye un comportamiento contrario al deber de buena fe, por cuanto afecta el principio de mutua confianza..." "Así, el testigo Arturo Esteban Barros ... que el actor desempeñaba tareas como empleado de limpieza y terminó siendo operario, operador de autoelevadores y la operación del depósito... en el predio de Satyl había 3 turnos, mañana tarde y noche, mañana de 6 a 14 y de 14 a 22..." (constatando la actividad y jornada). "En el contexto descripto, en mi entender, el servicio de limpieza y de clarkista brindado a SATYL, se encuentra integrado y es coadyuvante para el logro de sus fines, y desde que con él se satisfacen necesidades normales y permanentes... considero que de acuerdo al art. 30 de la L.C.T., deben responder solidariamente ambas codemandadas." "Por ende, la presente acción progresa por el monto de $105.618,82. Este importe devengará intereses moratorios desde el 07/04/2016 (art. 255 bis LCT)..."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia en autos.

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