URLACHER MONICA PATRICIA c/ ANSES s/PENSIONES
La actora reclamó la pensión por fallecimiento de su cónyuge por denegatoria administrativa basada en el Decreto 300/97. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el Decreto 300/97 al caso y ordenó a ANSES tramitar y otorgar la pensión solicitada en el plazo de 30 días, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
URLACHER, Mónica Patricia.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la Resolución administrativa RGB-N 00575/24 (09/09/2024 y ratificada mediante resolución del 12/01/2024 y RGB-N 00148/25) que rechazó la solicitud de pensión por fallecimiento por no haber presentado la Declaración Jurada de Salud exigida por el Decreto 300/97; se solicita que se ordene la tramitación y otorgamiento de la pensión directa.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda, se declara inaplicable el Decreto 300/97 para el caso particular y se ordena a ANSeS que dé curso a la solicitud de pensión directa de la actora en el plazo de 30 días; costas a la demandada; difiriéndose la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"De lo expuesto surge, que la sanción del decreto reemplazó el requisito del examen médico que debía realizar la comisión médica por una declaración jurada de salud, que debía presentar el afiliado al momento de solicitar la prestación, ocasionando serias dificultades para acceder al mismo en esa instancia."
"De la documentación acompañada en autos no surge que el organismo demandado haya adoptado conducta alguna tendiente a verificar el cumplimiento del requisito que ahora requiere para la tramitación del beneficio, por lo que la exigencia de ese recaudo formal al tiempo de analizar el acceso a la prestación, además de resultar tardía, importa un rigorismo formal incompatible con las pautas de interpretación que deben prevalecer en la materia que nos ocupa."
"En virtud de lo expuesto, considero que corresponde declarar la inaplicabilidad al caso, del decreto 300/97, tener por acreditada la calidad de aportante irregular con derecho del causante, y hacer lugar a la acción entablada, ordenando a la Anses para que dé curso al trámite de la actora a los fines de la obtención del beneficio de pensión directa pretendido."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión consignada en el bloque final es la que prevalece.
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