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FRANCK JUAN CARLOS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor solicitó su reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas y la pensión correspondiente. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda por no acreditarse la condición geográfica ni la participación en acciones bélicas exigidas por la normativa aplicable.

Veterano de guerra Pension de guerra Ley 23.848 Teatro de operaciones malvinas (tom) Teatro de operaciones del atlantico sur (toas) Rechazo de demanda Costas Honorarios Juzgado federal de la seguridad social Movilizacion.


¿Quién es el actor?

Sr. Juan Carlos Franck (DNI 12.877.429).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio de Defensa (Dirección General de Potencial Humano de las Fuerzas Armadas, Área ex Veteranos de Guerra).
- Objeto de la demanda: Solicitud de reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas, expedición del certificado correspondiente y acceso a la pensión vitalicia prevista por las Leyes Nº 23.109, 23.848 (y sus modificatorias), 24.343, 24.652 y 24.892 y decretos reglamentarios (p. ej. Decreto Nº 2634/90).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta por Juan Carlos Franck contra el Estado Nacional, Ministerio de Defensa; se impusieron las costas por su orden; y se regularon los honorarios de la parte actora en $510.380 (5 UMAs) con más I.V.A. si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (textos relevantes transcritos): "Es crucial a efectos de dilucidar la controversia ... determinar si corresponde extender el certificado solicitado y a percibir la pensión de guerra perseguida, determinar si se dio la condición establecida en la norma, a saber: haber estado destinado en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o haber entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982." "La prueba informative recibida ... informa que, de acuerdo a los registros obrantes en el Departamento Reclutamiento y Movilización, el ciudadano Juan Carlos FRANCK (DNI 12.877.429), no fue movilizado al sur durante el conflicto bélico de Malvinas. Y no se registran antecedentes de que el accionante haya participado dentro de las circunscripciones del TOAS o del TOM." "Conforme lo expuesto, la causa se resolverá haciendo aplicación de la normativa vigente a la luz de las constancias y pruebas rendidas en la causa. Y siendo que, de conformidad con las mismas, el accionante no revistió en el ámbito geográfico determinado por el artículo 1 de la ley 23.848 ni participó en forma efectiva en acciones bélicas de combate, corresponderá rechazar la demanda, lo que así decido."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la sentencia.

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